SALTA, 25 de Octubre de 2021
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 460
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 0100321-64717/2021-0
VISTO las necesidades de servicio presentadas en la Dirección de Asistencia Médica dependiente del Ministerio de Salud Pública y la solicitud efectuada en autos en tal sentido; y,
CONSIDERANDO:
Que la prestación de servicios en carácter de colaboración es una medida de excepción y de carácter transitorio, por la cual se admite la prestación de servicio en forma no permanente por parte de un agente a otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;
Que las necesidades de servicio presentadas en la Dirección de Asistencia Médica pueden ser suplidas por el señor Sergio Marcos Andrés Sánchez Pérez, quien posee el perfil y experiencia suficiente para el caso;
Que, en tal sentido, las autoridades competentes prestan conformidad al presente trámite;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171, el Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso D) de la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la prestación de servicios en carácter de colaboración del señor SERGIO MARCOS ANDRÉS SÁNCHEZ PÉREZ, DNI Nº 30.955.053, personal temporario con una remuneración equivalente al agrupamiento profesional - subgrupo 2 - con funciones de profesional asistente en la Dirección de Dispositivos de Protección dependiente del Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, autorizado par Decisión Administrativa Nº 1.738/17, a la Dirección de Asistencia Médica del Ministerio de Salud Pública, a partir de la fecha de la presente y hasta el 31 de diciembre de 2021 o mientras duren las necesidades de servicios, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 2º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social, el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Figueroa - López Morillo