SALTA, 15 de Junio de 2022
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 477
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expediente Nº 28151/21, Código 180 Corresponde 1.
VISTO las presentes actuaciones por las cuales se tramita él traslado del doctor Alberto Dante Astorga, al Hospital “El Carmen” de Metán; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 555/13, el doctor Astorga fue designado como personal temporario para desempeñar funciones en el Hospital “Melchora F. de Cornejo” de Rosario de la Frontera;
Que mediante Decisión Administrativa Nº 2.528/16, fue confirmado en planta permanente en el citado nosocomio;
Que la Dirección de Personal del Ministerio del rubro informa que el presente traslado resulta factible en el cargo Nº de Orden 37 del Decreto Nº 1.034/96, vacante por el fallecimiento del doctor Jorge Luis Pereyra;
Que los organismos técnicos competentes tomaron la intervención previa que les compete;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274 y lo establecido por el Decreto Nº 13/19;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- A partir de la fecha de toma de posesión trasladar, al doctor ALBERTO DANTE ASTORGA DNI. N° 22.264.816, Matrícula Profesional N° 4.422, profesional dependiente del Hospital “Melchora F. Cornejo” de Rosario de la Frontera, con régimen horario de treinta (30) horas semanales, al Hospital “El Carmen” de Metán, en el cargo N° de Orden 37 del Decreto N° 1.034/96, ubicación escalafonaria: profesional, denominación: profesional asistente.
ARTÍCULO 2º.- Con igual vigencia y como consecuencia de lo dispuesto precedentemente, se produce el siguiente movimiento de cargos:
- Liberar el cargo Nº de Orden 31 del Decreto Nº 1.034/96 del Hospital “Melchora F. Cornejo” de Rosario de la Frontera.
- Afectar el cargo Nº de Orden 37 del Decreto Nº 1.034/96 del Hospital “El Carmen” de Metán.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y Curso de Acción: 081006000600 - Gastos en Personal, Ejercicio Vigente.
ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Esteban