SALTA, 5 de Diciembre de 2024
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 569
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
EXPEDIENTE Nº 0060289-175657/2024-0.
VISTO lo solicitado en el expediente de referencia, y;
CONSIDERANDO:
Que por conducto de la Ley Nº 7072 se creó el Instituto de Música y Danza como organismo descentralizado y autárquico en jurisdicción de la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Educación;
Que se solicita cubrir el cargo vacante de "asistente de solista de trompa Fa" sin estabilidad, producido por la renuncia del agente Pablo Martín Ahumada;
Que, por el perfil profesional se solicita la designación del clarinetista Sebastián Vicente Villegas Mundaca;
Que la Ley referida dispone que músico sin estabilidad: "es aquél que se incorpora a la Orquesta con motivo de la necesidad de cubrir en forma inmediata una funcion vacante temporaria o definitiva. Su ingreso será en condiciones de sin estabilidad, de acuerdo a la normativa escalafonaria vigente y por medio de una selección o designación directa de acuerdo a lo aconsejado por el Director o Maestro Preparador de la Orquesta. Integrará además esta categoría el músico que gozare de la percepción de algún tipo de pasividad":
Que se cuenta con partida disponible para el ejercicio correspondiente, tomándose presupuestariamente la baja producida por la renuncia del agente mencionado:
Por ello, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274, con arreglo a lo dispuesto por el articulo 2, inciso 2 del Decreto Nº 13/2019 y Decreto Nº12/2023;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º: Designar al Sr. SEBASTIÁN VICENTE VILLEGAS MUNDACA, PASAPORTE Nº P29259299, como “músico sin estabilidad” en el cargo de Asistente de Solista de Trompa en Fa de la Orquesta Sinfónica de Salta, en el marco de la Ley Nº 7072 Jurtícuic 18 inc. d), a partir de su notificación, y hasta las resultas del concurso correspondiente.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente del Instituto de Música y Danza en Jurisdicción de la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrerdado por la señora Ministra de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Fiore Viñuales