SALTA, 19 de Diciembre de 2024
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 611
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expte. Nro. 334-241791/2024-0
>VISTO, lo solicitado por el Hotel Termas de Rosario de la Frontera dependiente del Ministerio de Turismo y Deportes; y,
CONSIDERANDO:
Que, la comisión de servicio es una medida de excepción y de carácter transitorio por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;
Que, en tal sentido, las autoridades competentes prestan conformidad al presente trámite;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º Inciso D) de la Resolución 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la comisión de servicio de los agentes que se detallan en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, desde el Ministerio de Desarrollo Social al Hotel Termas de Rosario de la Frontera, dependiente del Ministerio de Turismo y Deportes, a partir de la fecha de la presente hasta el 31/12/2025.
ARTÍCULO 2º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social y por la Sra. Ministra de Turismo y Deportes.
ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
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