SALTA, 17 de Agosto de 2022
DECISIÓN ADMNISTRATIVA Nº 639
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GOBERNACIÓN
VISTO las necesidades de servicios existentes en la Sindicatura General de la Provincia; y,
CONSIDERANDO:
Que, a tales fines, se solicitó la comisión de servicios a dicho organismo de la Cra. Silvana Jenny Pauna, D.N.I. Nº 20.609.752 personal de planta permanente dependiente del Ente Regulador de Servicios Públicos;
Que la comisión de servicios es una medida de excepción y de carácter transitorio, emanada por el titular del organismo de revista del agente, para el cumplimiento de una misión especial en otra repartición gubernamental;
Que, asimismo, el Decreto Nº 308/11 establece la naturaleza de la Función SIGEP - incorporada por el artículo 3º del Decreto Nº 1086/01 al Cap. X del Decreto Nº 1178/96, como artículo 17 bis - indicando que no configura conducción, supervisión y/o asesoramiento de personas y/o tareas sino un adicional por las funciones de control interno;
Que, atento a la naturaleza de las funciones a desempeñar, corresponde asignar a la Cra. Silvana Jenny Pauna, la Función SIGEP - Agrupamiento Profesional -Nivel 1;
Que, en ese marco, las autoridades competentes han prestado conformidad al presente trámite, resultando procedente la emisión del acto administrativo pertinente;
Por ello, en el marco de lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 8171 y su modificatoria Ley Nº 8274, el Decreto Nº 13/19, el Decreto Nº 308/11 y el artículo 1º inciso D) de la Resolución 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.-Autorizar la comisión de servicios de la Cra. SILVANA JENNY PAUNA, DNI Nº 20.609.752 agente de planta permanente del Ente Regulador de Servicios Públicos, a la Sindicatura General de la Provincia, a partir de la fecha de la presente y mientras subsistan las necesidades de servicio o hasta el 31 de diciembre de 2022, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 2º.- Asignar el adicional Función SIGEP - Agrupamiento Profesional - Nivel 1, a la Cra. SILVANA JENNY PAUNA, DNI Nº 20.609.752, mientras dure la efectiva y real prestación de servicios en la Sindicatura General de la Provincia de Salta, en el marco de lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto Nº 308/11.
ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión se imputará a la respectiva partida de la Jurisdicción y CA correspondientes a la Sindicatura General de la Provincia de Salta, Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos