SALTA, 20 de Agosto de 2020
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 951
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 1100311-142911/2020-0
VISTO la solicitud de afectación del Dr. Héctor Balcarce, personal de planta permanente del Ministerio de Desarrollo Social, efectuada por el Directorio de la Comisión de Preservación del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta (CoPAUPS); y,
CONSIDERANDO:
Que la afectación es una medida de excepción y de carácter transitorio, por la cual se admite la prestación de servicio en forma no permanente por parte de un agente a otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;
Que las necesidades de servicio presentadas en la CoPAUPS pueden ser suplidas por el agente Héctor Balcarce, quien posee el perfil y experiencia suficiente para el caso;
Que en tal sentido, las autoridades competentes prestan conformidad al presente trámite, razón por la cual resulta procedente la afectación del agente al organismo solicitante;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso D) de la Resolución Nº 8/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la afectación del Dr. HÉCTOR BALCARCE, DNI Nº 16.297.078, personal de planta permanente, Agrupamiento Profesional - Subgrupo 2 - con funciones de Profesional en la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, a la Comisión de Preservación del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta (CoPAUPS) dependiente del Ministerio de Infraestructura, a partir de la fecha de la presente y hasta el 31 de diciembre de 2020 o mientras duren las necesidades de servicios, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 2º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social, por el señor Ministro de Infraestructura y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
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