SALTA, 07 de Septiembre de 2020
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 986
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
VISTO el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/20 y la Ley Nº 8.188; y,
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de los mencionados instrumentos se declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Salta, en razón de la situación existente por el COVID-19 (coronavirus);
Que, con el objetivo de garantizar la prestación ininterrumpida de los servicios esenciales en todas las Áreas Operativas de Salud de toda la Provincia, y en procura de lograr la suficiencia de dichos servicios, resulta necesaria la contratación de personal, en carácter de refuerzos sanitarios a tal fin;
Que en ese marco, la señora Ministra de Salud Pública, en ejercicio de sus facultades propias y con fundamento en los artículos 16º y 23º de la Ley Nº 8.171, procedió a la contratación pertinente de personas con el perfil adecuado para afrontar las situaciones extremas que eventualmente podrían presentarse como consecuencia de la pandemia por el COVID-19 en la Provincia, justificándose en los términos del artículo 25 de la Ley Nº 7.678, modificado por la Ley Nº 8.094;
Que, las contrataciones de referencia, se llevaron a cabo teniendo en cuenta las posibles áreas de mayor criticidad, razón por la cual las mismas se encuentran fundamentalmente ceñidas a vigencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19;
Que, los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171 y el artículo 2º del Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso B) de la Resolución Nº 8/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.-Aprobar los Contratos de Servicios suscriptos entre la Provincia de Salta, y las personas que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente, por el período que en cada caso se indica.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la jurisdicción y CA del Ministerio de Salud Pública, Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión será refrendada por la señora Ministra de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Medrano de la Serna - Posadas
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