SALTA, 26 de Febrero de 2021
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 108
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Expediente Nº 22-623356/2020
VISTO lo solicitado en las presentes actuaciones por la Dirección General de Rentas, organismo dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos; y,
CONSIDERANDO:
Que se gestiona la prórroga de las comisiones de servicios de personal de diversos organismos de la Jurisdicción Gobernación, Infraestructura, Desarrollo Social, Producción y Desarrollo Sustentable y Salud, a la Dirección General de Rentas;
Que la afectación, adscripción y comisión de servicios es una medida de excepción y de carácter transitorio, por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;
Que, concurriendo razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta procedente autorizar lo solicitado;
Que los servicios jurídicos de la Secretaría de Ingresos Públicos y de la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos han tomado debida intervención;
Por ello, en el marco de lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171, el Decreto Nº 13/2019 y el artículo 1º inciso D) de la Resolución 08/2020 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la prórroga de la afectación, comisión y prestación de servicios, en carácter de colaboración, según corresponda, de los agentes del Poder Ejecutivo Provincial que se detallan en el Anexo I del presente, en la Dirección General de Rentas dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos en jurisdicción del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en las dependencias que en cada caso correspondan, y hasta eI 31 de diciembre del 2021, o mientras duren las necesidades del servicio, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 2º.- La presente Decisión Administrativa será refrendada por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, el señor Ministro de Salud Pública, la señora Ministra de Desarrollo Social, el señor Ministro de Infraestructura, el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
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