DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 18/23
APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO. DESIGNA AUTORIDADES SUPERIORES (FUERA DE ESCALAFÓN) A PARTIR DEL 11 DE DICIEMBRE DE 2023.

Publicado en el Boletín N° 21621, el día 29 de Diciembre de 2023



SALTA, 26 de Diciembre de 2023

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 18

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

VISTO la Ley Nº 8.171 del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado y Subsecretarios de Estado, modificada por su similar Nº 8.274, los Decretos Nros. 13/19, 16/19, 1.046/21 y 12/23, y atento a las necesidades de servicios presentadas en el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 8171 establece que el Gobernador ejerce la función gubernativa de formulación y dirección de las políticas de la Provincia, determina los objetivos y selecciona los medios e instrumentos adecuados para cada una de ellas, siendo asistido por los Ministros, el Secretario General de la Gobernación y demás funcionarios designados por el Gobernador para tal fin;

Que, la Ley Nº 8274 dispone en su artículo 3º, la incorporación como inciso 14) del articulo 2º de la Ley Nº 8.171, la facultad del Gobernador de entender en el análisis y propuesta del diseño de la estructura de la Administración Provincial Centralizada y Descentralizada, y aprobar las modificaciones propuestas;

Que, mediante Decreto Nº 16/19 se delega en la Coordinación Administrativa de la Gobernación la facultad de designar las autoridades superiores del Poder Ejecutivo, con las excepciones que allí se indican;

Que, por Decreto Nº 1046/21 se incorpora a la delegación del artículo 2º del Decreto Nº 13/19, la competencia de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, en entender en el análisis y propuesta del diseño de la estructura de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, y aprobar las modificaciones propuestas;

Que, por conducto del Decreto Nº 121/20 se aprueba la estructura orgánica del actual Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, que luego fuera modificada por Decretos Nros. 1.050/21, 236/22 y Decisión Administrativa Nº 114/22;

Que, en este contexto, en virtud de haber asumido una nueva gestión de gobierno, resulta pertinente modificar y aprobar la estructura orgánica de los diferentes organismos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, y proceder a la designación de las autoridades superiores (Fuera de Escalafón) qua se desempeñan en el ámbito de dicho Ministerio cuya nómina se consigna en el Anexo I que forma parte integrante de la presente;

Que, las autoridades competentes han tomado conocimiento y debida intervención a los fines de la emisión del presente instrumento legal;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8274, y lo establecido por los Decretos Nº 13/19, 16/19, 1046/21 y 12/23;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Modificar y aprobar la estructura orgánica del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, que como Anexo I forma parte de la presente, con vigencia a partir del 11 de diciembre de 2023.

ARTÍCULO 2º.- Designar como autoridades superiores (Fuera de Escalafón) en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, a las personas consignadas en el Anexo II de la presente, en los cargos y con las remuneraciones que en cada caso se indica, con vigencia a partir del 11 de diciembre de 2023.

ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que las autoridades superiores designadas en el artículo precedente que detenten un cargo de planta permanente, retienen el mismo mientras duren en el ejercicio de sus funciones.

ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente, deberá imputarse a la partida respectiva y al Curso de Acción correspondiente al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, Ejercicio correspondiente.

ARTÍCULO 5º.- La presente Decisión será refrendada por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Villada



VER ANEXO




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