SALTA, 15 de Junio de 2021
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 300
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Expediente Nº 227-43447/21
VISTO la renuncia presentada por la Ing. María Agustina Soto Castello, al cargo de Directora General de Planificación Territorial dependiente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable; y,
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Soto Castello, fue designada en el cargo mencionado a través de la Decisión Administrativa Nº 2.262/17 y cuya renovación fue autorizada por Decisión Administrativa Nº 306/20;
Que procede designar en su reemplazo al Ing. Ignacio Goitia, DNI Nº 21.480.650, quien reúne el perfil para desempeñar dicho cargo y que actualmente reviste como profesional de planta permanente dependiente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, según Decreto Nº 806/13;
Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo - Fuera de Escalafón;
Por ello, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 16/19,
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Ing. MARÍA AGUSTINA SOTO CASTELLO, DNI Nº 25.690.039, al cargo de Directora General de Planificación Territorial dependiente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, a partir del 15 de marzo de 2021.
ARTÍCULO 2º.- Designar al Ing. IGNACIO GOITIA, DNI Nº 21.480.650, en el cargo de DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL (Fuera de Escalafón), dependiente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, a partir de la fecha de la presente, con retención de su cargo de planta permanente en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable.
ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse a la partida respectiva y al Curso de Acción correspondiente al Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable.
ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
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