DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 333/23
APRUEBA CONTRATO. LIC. MARÍA ALEJANDRA GALIANO.

Publicado en el Boletín N° 21502, el día 04 de Julio de 2023



SALTA, 29 de Junio de 2023

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 333

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 272-218235/2022-4 y agregado.-

VISTO
el Contrato suscripto entre la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y la Lic. María Alejandra Galiano, DNI Nº 31.737.454, para cumplir tareas como “Especialista en Gestión Social” de la Unidad de Inspección de la Obra: “Ampliación y Refuncionalización del Hospital San Bernardo - Ciudad de Salta - Provincia de Salta”, en el marco del Préstamo ARG-049/2020-FONPLATA; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la ley Nº 8.208, promulgada por el Decreto Provincial Nº 583/2020, se autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a suscribir con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata -FONPLATA-, un Contrato de Préstamo para el financiamiento del Proyecto “Ampliación y Refuncionalización del Hospital San Bernardo”, por la suma de Dólares Estadounidenses Veinte Millones (U$S 20.000.000);

Que el objetivo general del Proyecto es contribuir a incrementar la capacidad y la calidad de los servicios públicos de salud en la Provincia de Salta y su zona de influencia, cuyos objetivos específicos son: (i) ampliar y mejorar la infraestructura y equipamiento del Hospital San Bernardo destinada a servicios y áreas de atención de Cuidados Críticos y de Alta Complejidad; (ii) contribuir a reducir los tiempos de espera de los pacientes para cirugías y los riesgos de infecciones intrahospitalarias; y (iii) fortalecer el Sistema de Gestión del Hospital y capacitar a los colaboradores para su correcta implementación;

Que en fecha 04/06/2020 el señor Gobernador de la Provincia suscribió Contrato de Préstamo ARG-49/2020 con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata y el Contrato de Contragarantía con el Estado Nacional. En la misma fecha se suscribió el Contrato de Garantía entre la República Argentina y el FONPLATA, aprobados por Decreto Provincial Nº 475/2021 de fecha 15/06/2021;

Que en el artículo 3º del citado decreto se designa como Organismo Ejecutor del Proyecto al Ministerio de Economía y Servicios Públicos y por medio del art. 4º se crea en el ámbito del Organismo Ejecutor, la Unidad Ejecutora del Programa (UEP), la que será responsable de ejecutar, dirigir, coordinar, supervisar y de ejercer controles técnicos,
económicos-financieros y jurídicos del Proyecto;

Que por Resoluciones Nº 326/2021 y Nº 397/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos se designaron a los funcionarios que integran la estructura de la UEP del Proyecto y se aprobó el Reglamento Operativo del Proyecto respectivamente;

Que por Decreto Nº 752/2020 de fecha 11/11/2020, se delegó en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros, se modificó la denominación Secretaría de Planificación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y se eliminó del ámbito de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación a la Subsecretaría de Financiamiento;

Que en el marco de las competencias atribuidas por las normas antes citadas, la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera lleva adelante el procedimiento de contratación de un consultor individual “Especialista en Gestión Social” para la Unidad de Inspección de la Obra: “Ampliación y Refuncionalización del Hospital San Bernardo - Ciudad de Salta - Provincia de Salta”, financiada con fondos del Préstamo ARG-049/2020- FONPLATA, actualmente en ejecución;

Que mediante Notas Cite: GOP/NOT-3804/22 y Cite: GOP/NOT-4443/23 de fechas 21/09/2022 y 25/01/2023, FONPLATA otorga no objeción a los Términos de Referencia, remitidos por la UEP a fin de proceder a la contratación de los profesionales que integrarán la unidad de inspección, entre ellos el especialista en gestión social;

Que las actuaciones cuentan con la debida autorización del gasto por parte de la Secretaría de Finanzas de acuerdo a la normativa vigente;

Que obran invitaciones a participar del concurso de antecedentes remitidas a una terna de profesionales, así como también los correspondientes Currículums Vitae presentados y demás documentación solicitada;

Que mediante Dictamen de Evaluación de fecha 27/03/2023, la Comisión Evaluadora conformada al efecto por Disposición Nº 02/2023 de la Dirección General de Financiamiento, luego de proceder al análisis de los antecedentes presentados, recomienda la contratación de la Lic. María Alejandra Galiano por ser la profesional que posee los antecedentes más apropiados para el trabajo a desarrollar;

Que en fecha 30/03/2023, la Dirección General de Organización de la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente de la Coordinación Administrativa de Gobernación informa que no habrían objeciones que formular respecto a la incompatibilidad de empleo público prevista en el art. 62 de la Constitución Provincial;

Que mediante notas de fecha 30/03/2023 se notificó el resultado de la evaluación a la terna de profesionales invitada quienes no manifestaron oposición alguna;

Que se encuentra agregada la imputación definitiva del gasto dejando constancia que será afrontado en un cien por ciento (100%) con fondos del aporte local del Programa;

Que en consecuencia, en fecha 05/04/2023 la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera suscribió el contrato correspondiente con la Lic. Galiano por el periodo comprendido entre el 03/04/2023 hasta el 31/12/2023;

Que la Asesoría Legal de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera emitió dictamen jurídico favorable al respecto y ha tomado intervención la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el control de su competencia;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley Nº 8.171 y su modificatoria Ley Nº 8.274, lo establecido por el Decreto Nº 13/2019 y por el art. 1 inc. b de la Resolución Nº 16/2021;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato suscripto en fecha 05/04/2023 entre la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y la Lic. María Alejandra Galiano, DNI Nº 31.737.454, para cumplir funciones como "Especialista en Gestión Social” de la Unidad de Inspección de la Obra: “Ampliación y Refuncionalización del Hospital San Bernardo - Ciudad de Salta - Provincia de Salta”, en el marco del Préstamo ARG- 49/2020-FONPLATA, que en anexo forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la partida presupuestaria del Préstamo ARG-49/2020- FONPLATA, Curso de acción: 551009000300, Cuenta 413411. Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Dib Ashur



VER ANEXO




Responsive image Responsive image