SALTA, 06 de Agosto de 2021
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 355
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 25.395/2021 - código 376
VISTO los Contratos de Servicios celebrados entre la Secretaria de Primera Infancia, Niñez y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Dra. Rosa del Milagro Araya, y diversas personas; y,
CONSIDERANDO:
Que dichos contratos se suscribieron para que las personas desempeñen tareas en el municipio de Rivadavia Banda Norte, en el marco del Convenio celebrado entre la Provincia de Salta y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, aprobado por Decreto Nº 598/2020, bajo la denominación “Proyecto de Acompañamiento Familiar en Contextos Rurales/Comunidades Originarias”: Programa UNIR, el cual tiene por finalidad fortalecer y ampliar las acciones de acompañamiento familiar llevadas a cabo por el Programa Unidad Operativa Territorial, que bajo la órbita del Ministerio del rubro se encuentra encargado de la atención de las situaciones de vulnerabilidad social y extrema pobreza de las familias en contextos rurales y comunidades originarias de los Departamentos Rivadavia, San Martín y Orán, todo ello en el marco de la emergencia socio sanitaria decretada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 140/2020, prorrogada en última instancia por Ley Nº 8.217;
Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 13/19, la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar los Contratos de Servicios celebrados entre la Secretaria de Primera Infancia, Niñez y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Dra. Rosa del Milagro Araya, y las personas consignadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente, por el período comprendido entre el 01 de febrero y el 31 de octubre del 2021.
ARTÍCULO 2º.- La erogación resultante de lo dispuesto precedentemente será atendida con fondos del Curso de Acción 561022000200, Cuenta 413411.1007, Ejercicio 2020.
ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión Administrativa será refrendada por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Figueroa - Villada (I)