SALTA, 27 de Agosto de 2021
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 369
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Expediente Nº 318-121276/21
VISTO las Decisiones Administrativas Nros. 969/20, 1.085/20 y 188/21; y,
CONSIDERANDO:
Que los mencionados instrumentos aprueban los contratos de servicios y su posterior prórroga suscriptos entre la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable y distintos agentes, para cumplir funciones en el Programa Aplicación Ley Provincial Nº 6.902;
Que subsisten las necesidades de servicio que originaron tales contrataciones, resultando procedente la renovación de los mismos;
Que en virtud del artículo 2º del Decreto Nº 13/19, se delegó en la Coordinación Administrativa de la Gobernación, la competencia para realizar las designaciones y contrataciones que impliquen prestaciones de servicios personales;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por Ley Nº 8.171, lo establecido por Decreto Nº 13/19, la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar las Adendas de los contratos de servicios prorrogados por Decisión Administrativa Nº 188/21, suscriptos entre la Secretaría de Desarrollo Agropecuario dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable y los señores Med. Vet. MELINA INÉS YAMPOTIS, DNI Nº 30.338.695; Med. Vet. MARÍA GAMARRA CARAMELLA, DNI Nº 32.805.889; Med. Vet. FEDERICO GONZÁLEZ GARBAL, DNI Nº 32.631.231; Med. Vet. MARIO ALFREDO TOCONAZ, DNI Nº 25.024.422; Med. Vet. CRISTIAN JESÚS CARPIO, DNI Nº 29.586.058 y el CPN MAXIMILIANO GABRIEL FIGUEROA, DNI Nº 35.478.450, en los términos y condiciones establecidas en los instrumentos, que como Anexo forman parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente será solventado con la partida presupuestaria 061012000100.413411.1007 REGISTRO OPERADORES DE LA CARNE - Servicios No Personales - Servicios Técnicos y Profesionales - Otros NEP.
ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar
Demitrópulos - De los Ríos Plaza - Villada