ACORDADA N° 13.366
CORTE DE JUSTICIA DE SALTA
En la ciudad de Salta, a los 04 días del mes de mayo de dos mil veintiuno, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,
DIJERON:
Que por Acordada 13.359 la Corte de Justicia dispuso la conformación de dos grupos de trabajo, por semana y rotativos de hasta el cincuenta por ciento (50%) de la totalidad del personal que presta servicios en forma presencial, con la debida supervisión de funcionarios.
Que en el marco de la pandemia por coronavirus (Covid-19) la Corte viene adoptando diversas medidas de acuerdo a la situación epidemiológica de la provincia y del país a la luz de las necesidades de la administración de justicia.
Que en ese sentido resulta necesario distinguir la situación de los juzgados de Garantías, de Menores, de Ejecución y Detenidos y de Violencia Familiar y de Género que se encuentren en turno durante la vigencia de la Acordada 13.359 respecto del personal autorizado a concurrir presencialmente.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 153, apartado I, inciso b) de la Constitución Provincial,
ACORDARON:
I. DISPONER que los juzgados en turno podrán convocar a la totalidad del personal que no se encuentre comprendido en la población de riesgo, con previsión de todas las medidas de salubridad dispuestas por las autoridades competentes.
II. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta y PUBLICAR en el Boletín Oficial.
Con lo que terminó el acto, firmando por ante la Secretaría de Corte de Actuación, que da fe.
Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Fabian Vittar, Pablo López Viñals, Horacio José Aguilar, Ernesto R. Samson, JUECES - Maria Ovejero Cornejo, Sandra Bonari, Adriana Rodríguez Faraldo, María Alejandra Gauffin, JUEZAS - Dra. Maria Jimena Loutayf, SECRETARIA DE CORTE DE ACTUACIÓN