SALTA, 26 de febrero del 2021.
DISPOSICIÓN N° 6
UNIDAD COORDINADORA DE PARQUES URBANOS
EXPEDIENTE N° 347-150847/2018-2
VISTO, el expediente de referencia; y,
CONSIDERANDO:
Que según los autos de referencia, lo solicitado se fundamenta en la desactualización de los valores tendientes a mantener los servicios en excelente estado y consecuente necesidad de ampliar los mismos, en busca de mejorar la calidad de vida a más sáltenos, con actividades permanentes y temporarias de tipo deportivas y recreativas
Que, resulta necesario realizar inversiones de soporte a las actividades como equipamiento, materiales de trabajo y otros.
Que, es importante resaltar la situación actualmente vigente en materia económica financiera, que dispone restricciones presupuestarias, en el marco de la Ley de Consenso Fiscal, Emergencia Económica, y todas las dictadas en su consecuencia. Especialmente la Ley Provincial N° 7.488 mediante la cual la Provincia de Salta se adhirió al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal establecido por Ley Nacional N° 25.917. Asimismo, en cumplimiento con lo dispuesto en la reciente Ley N° 8.227, en su artículo 25 y la Resolución 16/21.
Que, ello conduce necesariamente a replantear la modificación de los montos establecidos en el Reglamento de Cobro de Servicios en el Parque de la Familia y Parque del Bicentenario, atento a la inflación e incrementos permanentes de los precios que se atraviesa actualmente.
Que obra intervención del Departamento jurídico de la Unidad Coordinadora de Parques Urbanos del Ministerio de Turismo y Deportes de la Provincia de Salta;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 2.210/14, esta Unidad Coordinadora, es Unidad Operativa en tos términos de los Artículos 5, 6, 7 s.s. y ce. de la Ley N° 8.072, razón por la cual corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello, con el marco legal referido,
LA ADMINISTRADORA DE LA UNIDAD COORDINADORA DE PARQUES URBANOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1o: AUTORIZAR la segunda modificación del Reglamento de Cobro de Servicios en el Parque de la Familia y Parque del Bicentenario.-
ARTÍCULO 2o: APROBAR el Anexo I del Reglamento de Cobro de Servicios en el Parque de la Familia y Parque del Bicentenario.-
ARTÍCULO 3o: Comunicar, registrar y archivar.
Lic. Eleonora del Valle Gallardo, ADMINISTRADORA DE LA UNIDAD COORDINADORA DE PARQUES URBANOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
VER ANEXO I