RESOLUCIONES
Aguaray, 24 de Octubre de 2011

VISTO:

La Ordenanza Municipal Nº 04/05, mediante la cual se faculta al Sr. Intendente Municipal del Municipio de Aguaray a disponer la venta de vehículos oficiales en desuso; y el Convenio realizado en fecha 14/07/2011 con el Martillero Público Edgardo Javier Moreno, DNI Nº 23.953.676, a los fines de la Tasación y Venta en subasta pública administrativa de los bienes mencionados; y

CONSIDERANDO:

Que el Jefe del parque automotor municipal realizó un detallado y minucioso estudio de antecedentes y estado general de uso y conservación de vehículos oficiales, conforme surge del anexo I de la presente;

Que de dicho estudio surge la existencia de un lote de 13 (trece) vehículos en estado de desuso, siendo su antigüedad superior a 5 (cinco) años y encontrándose en estado siniestrado o irrecuperables, habiendo cumplimentado largamente con el ciclo de vida útil, se encuentra totalmente amortizados de acuerdo a principios contables;

Que del actual estado de uso y conservación de cada uno de ellos surge, sin duda alguna, que resultaría inútil y exageradamente oneroso los costos de reparación y/o posterior mantenimiento dada su antigüedad y kilometrajes ya recorrido;

Que la venta en subasta pública esta prevista en el Art. 51 de la Ley 6838, encontrándose facultada la administración para determinar el procedimiento y condiciones en que se efectuará la enajenación de bienes del Estado;

Que de la cláusula tercera del convenio mencionado se ha dispuesto acordar en forma exclusiva la subasta pública al Martillero Público Edgardo Javier Moreno, quien a la fecha ha cumplimentado la Tasación de los mismos con propuesta que incluye “Precios Base”;

Que, además, a los fines indicados el Municipio asume todos los gastos administrativos para la realización de la subasta pública administrativa, a saber: publicación en Boletín Oficial de la provincia, publicidad en diarios de mayor circulación y cualquier otro medio de difusión por el término de ley;

Por ello:

El Intendente Municipal en uso de sus facultades Legales

RESUELVE:


Artículo 1º - Disponer, a través del Martillero Público Edgardo Javier Moreno DNI. 23.953.676 la venta de los bienes detallados en el anexo I, conforme los “Precios Bases” allí establecidos, la que se realizará mediante subasta pública administrativa en el predio de la Municipalidad de la ciudad de Aguaray, sito en calle Sarmiento y Arenales de ésta ciudad, el día 29 de Octubre de 2011, desde horas 09:00 en adelante; dejándose establecido que el Remate Público se llevará a cabo hasta terminar todos los lotes a Subastar, hasta horas 19.00.

Artículo 2º.- Establecer que el pago por el bien rematado deberá ser efectuado, de contado, en el acto de la Subasta. Siendo a cargo del comprador la comisión de ley (10%) estipulada a favor del Martillero Público actuante.

Artículo 3º.- Disponer que los recibos oficiales deberán ser extendidos por el Martillero Público Edgardo Javier Moreno, los que contendrán: a) importe total del Bien subastado; b) Honorarios (comisión 10%) a cargo del comprador; c) Sellado de Ley 1,2% (a cargo del comprador 0,60% por encontrarse el Estado exento del 50% restante); d) Comisión 3% a cargo del Municipio de la Ciudad de Aguaray. Previa rendición de cuentas y descontados los honorarios correspondientes al Martillero actuante, éste último emitirá recibo por Triplicado y distribuido de la siguiente manera: Original para el comprador; duplicado para el Martillero actuante; Triplicado para el Municipio y será entregado inmediatamente concluido el Acto de Remate y Rendición de Cuentas al Sr. Carlos Carabajal en su carácter de Funcionario público controlador del acto de la enajenación.

Artículo 4º.- Publicar por tres días, como mínimo a partir del 26/10/2011 en diarios de alcance provincial los Edictos de Remate, sin perjuicio de la correspondiente publicación en el Boletín Oficial. El cumplimiento del presente artículo se hará a través de la Dirección de Prensa y de Comunicación Municipal.

Artículo 5º.- Días de exhibición: 26, 27, 28 de Octubre de 2011 en el horario de 10:00 a 18:00 en el predio de la Municipalidad de la Ciudad de Aguaray, sito en calle Sarmiento y Arenales de esta ciudad.

Artículo 6º.- Establecer que el plazo para retirar los bienes subastados será de 5 (cinco) días corridos. Pasado el mismo, el adquirente deberá abonar en concepto de estadía la suma de pesos Cien ($ 100.-) por día, por el respectivo bien subastado que no haya retirado dentro de dicho plazo. El retiro del Bien subastado será siempre a costa y cargo del adquirente comprador.

Artículo 7º.- Son a cargo exclusivo de los adquirentes compradores los diligenciamientos y todos los costos previstos para la incorporación de los Bienes subastados al parque de automotores particulares, es decir, transferencias e importes surgidos por deudas municipales y/o infracciones de tránsito.

Artículo 8º.- Quedan inhibidos para la compra de los bienes ofrecidos en subasta pública los funcionarios alcanzados por las disposiciones del artículo 52 de la Ley Nº 6838 y artículo 1361, incisos 5º y 7º del Código Civil.

Artículo 9º.- Designar al Sr. Carlos Carabajal DNI 21.311.724 por el Municipio de Aguaray como responsable del remate y expresamente autorizado para la Certificación de Venta y la firma de toda la Documentación pertinente, para la Registración Legal de la correspondiente transferencia de los automotores enajenados, debiendo elevar informe pormenorizado de todo lo actuado y conclusiones pertinentes.

Artículo 10.- Registrar, comunicar, publicar y archivar.

Juan Carlos Alcoba

Intendente

Municipalidad de Aguaray

VER ANEXO

F. N° 0001-36212
Orden de Publicación: 100024478
Importe: $180,00
Fecha/s de publicación: 26/10/2011

Responsive image Responsive image