SALTA, 22 de Marzo de 2021
RESOLUCIÓN Nº 02
SECRETARÍA DE ASUNTOS INDÍGENAS Y DESARROLLO COMUNITARIO
VISTO:
El Decreto del Poder Ejecutivo Nº 34/21, de convocatoria a Elecciones de Autoridades del Consejo Directivo del Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta (IPPIS) Ley Nº 7.121, y;
CONSIDERANDO
Que la Subsecretaría de Regularización Territorial y Registro de Comunidades Indígenas, en virtud del Decreto Nº 34/21, se encuentra autorizado para la confección y publicidad de los padrones provisorios y definitivos de las comunidades indígenas en condiciones de participar;
Que el art. 4º del Dcto. Nº 33/21 norma reglamentaria, establece que el Padrón de Comunidades Indígenas estará a cargo y será confeccionado por la Subsecretaría de Regularización Territorial y Registro de Comunidades Indígenas, Organismo dependiente de esta Secretaría;
Que asimismo el segundo párrafo del mencionado artículo ordena que el padrón de comunidades deberá comprender a todas las comunidades indígenas con Personería Jurídica inscripta ante el Estado Nacional y/o Provincial, como así también a aquellas comunidades que tengan en trámite su inscripción de Personería Jurídica y hayan participado en las elecciones inmediatas anteriores del Consejo Directivo del IPPIS.
Que la Subsecretaría de Regularización Territorial y Registro de Comunidades Indígenas ha confeccionado el padrón provisorio de Comunidades Indígenas conforme lo establecido en el Decreto Nº 33/21;
Que el Tribunal Electoral de Garantías para las elecciones del IPPIS del año 2021, resolvió todas las presentaciones recibidas de incorporaciones al padrón de comunidades;
Que se aprobó por el Tribunal Electoral de Garantías la clausura del período de tachas e impugnaciones;
Por todo ello;
EL SECRETARIO DE ASUNTOS INDÍGENAS Y DESARROLLO
COMUNITARIO DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Padrón Definitivo de las Comunidades Indígenas de la Provincia, que se acompaña como anexo, y que es parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Publicar en el Boletín Oficial y ordenar la exhibición contemplada en el 4º párrafo del artículo 4º del Decreto Nº 33/21 a los fines de asegurar y garantizar la participación de las Comunidades Indígenas en la elección de autoridades del Consejo Directivo del Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese, archívese el original de esta Resolución y expídanse las copias autenticadas que fueren necesarias.
Gomez Almaras