CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



AL TOQUE SAS



Por instrumento privado, de fecha 07 de septiembre de 2021 se constituyó la sociedad por acciones simplificada denominada AL TOQUE SAS, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la ruta provincial 33, km 7,5 Dpto. Chicoana, provincia de Salta.

Socios: Bernardo José Frías, DNI N° 29.737.916, CUIT: 20-29737916-0, de nacionalidad argentino, nacido el 12 de enero de 1983, profesión: comerciante, estado civil: casado, en primeras nupcias con Valentina Fleming, con domicilio en ruta provincial 33, km 7,5 departamento de Chicoana, provincia de Salta.

Plazo de Duración: 99 años.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades, con exclusión de las limitaciones del art. 39 de la Ley Nº 17.349; producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y/o exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales con las siguientes actividades: a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; como así también la venta de subproductos agrícolas, comercialización de subproductos agrícolas para la nutrición animal, nutrición humana y usos industriales; compraventa de granos y subproductos industriales con fines alimenticios, b) Servicios de Turismo: la sociedad tendrá por objeto: I. Comerciales: la explotación, como intermediario en las actividades de turismo para la compra, venta y distribución de las mismas, como así también la locación y arrendamiento de todo tipo de automóviles propios y de terceros. II. Prestación de servicios de turismo: comprendiendo dentro de los mismos sin tratarse de concesiones o servicios públicos; servicios de intermediario en la comercialización de pasajes de transporte automotor y aerocomercial, de pasajeros para el turismo; servicios de empresas de viajes y turismo; servicio de agencia de turismo y agencia de pasajes; servicios de alquiler de todo tipo de vehículos con fines turísticos. La sociedad podrá prestar los servicios como intermediario en la compraventa de entradas, pasajes, boletos o similares para excursiones de todo tipo; servicios de alquiler de equipos de transporte terrestre sin operación ni tripulación; servicios de alojamiento en camping y/o refugios de montaña; servicios de alojamiento en hoteles, hosterías, cabañas bungalow, aparts y residenciales similares, que incluyen restaurante; servicios de hospedaje en estancias y albergues juveniles y en apartamentos de tiempo compartido; servicios de turismo aventura, ecoturismo o similares; alquiler de bicicletas, motocicletas, equipos de esquí u otros artículos relacionados con el turismo; servicios de parques de diversiones, parques temáticos, entretenimientos, esparcimiento y ocio; servicio de explotación de parques recreativos; servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos; servicio de alquiler y explotación de inmuebles para ferias, congresos y/o convenciones; la representación de otras agencias, tanto nacionales como extranjeras y de prestadores de servicios, a fin de prestar en su nombre cualesquiera de estos servicios; la prestación de servicios para turistas, tales como organización de excursiones, safaris, visitas guiadas y otros por cuenta propia; la venta de entradas para espectáculos públicos, deportivos, artísticos y culturales, cuando constituyan parte de otros servicios turísticos; la comercialización, promoción, oferta y/o venta de servicios turísticos que se presten en el país y en el exterior por medios informáticos, por cuenta propia o de terceros; la realización de actividades similares o conexas a las mencionadas con anterioridad en beneficio del turismo, tales como la realización de investigaciones del mercado turístico, la promoción y la organización de acciones de capacitación y consultoría sobre turismo, c) Transporte y Almacenamiento: la sociedad podrá prestar servicios de transporte de carga con medios propios de la sociedad o terceros. Podrá transportar cargas en general, mercaderías, fletes, acarreos, mudanzas, encomiendas, muebles y semovientes, materias primas y elaboradas, alimenticias, equipajes, cargas en general de cualquier tipo, cumplimiento de las respectivas reglamentaciones, nacionales, provinciales, interprovinciales o internacionales, su distribución, almacenamiento, depósito y embalaje, contratar auxilios, reparaciones y remolques. Realizar operación de contenedores y despacho de aduanas por intermedio de funcionarios autorizados. Dar y/o tomar en alquiler maquinas viales en general, bienes y vehículos automotores. Todo lo expuesto en el territorio nacional o en el extranjero, d) Inmobiliaria y Constructora: dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociadas a terceros, dentro o fuera del país, a la actividad inmobiliaria y constructora mediante la compra, venta, construcción, arrendamiento, administración y subdivisión de toda clase de inmuebles urbanos, rurales o loteos, pudiendo también someter inmuebles al régimen de la ley de propiedad horizontal; a tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, e) Gastronomía y Entretenimiento: la sociedad tendrá como objeto comercial comprar, vender, producir, fabricar y realizar servicios y operaciones afines y complementarias a la gastronomía y entretenimiento, con local o sin local de atención al público relacionado a la venta de comidas, banquetes, golosinas, productos accesorios para consumo de tabaco y mercadería destinada a la gastronomía y entretenimiento. Podrá prestar servicios de entretenimiento con shows, animaciones y juegos infantiles, juegos de entretenimiento en todas sus variantes en general para niños y adultos, servicios de sonido ya sea a través de bares, restaurants, pubs, al aire libre, en salones o espacios propios o alquilados, cantina, bar, cafetería, panadería, pastelería, confitería, restobar, wine bar, parrilla, pizzería, pastas, ventas de bebidas con y sin alcohol, cervecería, maxikiosco, para toda clase de eventos y acontecimientos, sea en lugares públicos o privados, ya sea por su propia cuenta o asociada a otra empresa o de terceros independientes, en el territorio nacional. Para ello la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos relacionados con su objeto social, f) Importadora y Exportadora: efectuar operaciones de exportación y/o importación de los productos mencionados en los puntos relacionados con el objeto social, así como las maquinas, rodados, muebles y útiles necesarios para los fines detallados precedentemente, como también productos, mercaderías, repuestos manufacturados o no, elaborados o semielaborados. g) Consultoría: realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociadas a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: asesoría, legal, impositiva, laboral, contable, societaria, contractual, de seguros, de higiene y seguridad, económica y/o de cualquier índole tanto financiera como patrimonial, auditorías de estados contables, operativas, de control interno, y todo otro requerimiento profesional dentro de las facultades emanadas de las disposiciones competentes a los profesionales de Ciencias Económicas. Aplicación de programas de acción en todas las actividades descriptas, h) Actividad Fiduciaria: la sociedad podrá llevar a cabo: constitución de fideicomisos, de administración, de construcción, de inversión, inmobiliarios, y de cualquier tipo en general pudiendo intervenir como fiduciario, fiduciante, beneficiario y fideicomisario. Se excluyen expresamente todas aquellas operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público y/o ahorro público. Asimismo, la sociedad podrá llevar adelante la realización de toda otra actividad o evento mediante la cual lleve a la consecución del objeto social en forma directa o indirectamente pudiendo celebrar para ello convenios o contrataciones con instituciones del orden público y/o privado municipal, provincial, nacional e internacional. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá lealizar todos los actos y celebrar todos los contratos que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social.

Capital: $ 100.000 dividido por 100.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 y un voto cada una, suscriptas por Bernardo José Frías la cantidad de 100.000 acciones. El capital se integra en dinero en efectivo en un 25 %.

Administración: la administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiera a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del Acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley N° 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Administradores: Bernardo José Frías DNI Nº 29.737.916, con domicilio especial en ruta provincial 33, Km 7,5 departamento de Chicoana, provincia de Salta en su carácter de Administrador titular y Sofía Inés Frías Pérez, DNI Nº 27.973.221, con domicilio especial en calle 20 de Febrero Nº 343, oficina 3, planta baja, de esta ciudad, provincia de Salta, en su carácter de Administrador Suplente.

Fiscalización: la sociedad prescinde de la sindicatura.

Fecha del cierre del ejercicio económico: el ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00007127
Orden de Publicación: 100088944
Importe: $3.800,00
Fecha/s de publicación: 20/10/2021

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