SALTA, 20 de Setiembre de 2021
RESOLUCIÓN N° 497
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente N° 386-184915/21-0.
VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Responsable del Parque Automotor del Ministerio de Infraestructura solicita a la Subsecretaría del Parque Automotor su intervención para el servicio de mantenimiento del vehículo Chevrolet S/10, Dominio AA983CN perteneciente al Ministerio de Infraestructura; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/4 rola la ficha técnica del vehículo y nota de la Subsecretaría del Parque Automotor, autorizando el pedido de cambio de aceite de motor 5W30 x 6 Itos., filtro de aire, filtro de aceite, filtro de combustible, filtro de polen y se agrega un presupuesto estimativo de los trabajos a realizar;
Que a fs. 5 rola imputación preventiva realizada por el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura por la suma de $ 13.300,00;
Que en el marco del artículo 14 de la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18, y teniendo en cuenta que el costo estimado de la contratación asciende a la suma de $ 13.300,00, el proceso selectivo podría llevarse a cabo a través del procedimiento de Adjudicación Simple;
Que a fs. 11/12 toma la intervención que le compete la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, mediante Dictamen N° 473/21 determinando el marco legal para la presente contratación;
Que a fs. 13 rola la intervención que le compete de la Unidad de Sindicatura Interna mediante Informe N° 1/21;
Que a fs. 6/9, obra el pliego de bases y condiciones generales, particulares y especificaciones técnicas para llevar a cabo el proceso de Adjudicación Simple N° 10/2021 para la contratación del "SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA VEHÍCULO OFICIAL" , a través del Servicio Administrativo Financiero;
Que a fs. 10, se encuentra conformada la Comisión Evaluadora; a fs. 15 rola copia de la publicación en página web de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Provincia de Salta y a fs. 16/32 se agregan invitaciones a proveedores del rubro;
Que a fs. 37 rola el Acta de Apertura de Sobres, de la cual se desprende que se presenta un solo oferente, la empresa SELLMAC SRL cuya oferta económica asciende a la suma de $ 30.000,00;
Que a fs. 38 la Comisión de Preadjudicación de la Adjudicación Simple N° 10/2021, aconseja declarar fracasada la misma por resultar inconveniente a los intereses del Estado por su considerable diferencia en más respecto al presupuesto estimado;
Que a fs. 39/40 la Sra. Administradora del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, adjunta copia del precio testigo para la realización del mismo servicio objeto de Adjudicación Simple N° 10/21, enviado oportunamente por la Unidad Central de Contrataciones para el mismo vehículo y adjuntando a fs. 41 una cotización actualizada de la firma MAKUTI SRL por la suma de $ 13.000,00;
Que a fs. 44/45 la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura toma nueva intervención, aconsejando aprobar el proceso de Adjudicación Simple N° 10/21, declarando fracasada la misma por inconveniencia de la oferta presentada por la empresa SELLMAC SRL y autorizando al Servicio Administrativo Financiero a llevar adelante la Contratación Directa del servicio, adjudicando la misma a la firma MAKUTI SRL en el marco del art. 14°, último párrafo de la Ley N° 8.072;
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de la Adjudicación Simple N° 10/21, llevado adelante por el Servicio Administrativo Financiero - SAF del Ministerio de Infraestructura, para realizar la contratación de SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA VEHÍICULO OFICIAL.
ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible la oferta presentada por la empresa SELLMAC SRL, cuya oferta económica fue por la suma de $ 30.000,00.
ARTÍCULO 3°.- Declarar fracasada la Adjudicación Simple N° 10/21, por resultar inconveniente la oferta de la empresa SELLMAC SRL, conforme a los fundamentos vertidos en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°.- Adjudicar, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14°, último párrafo de la Ley N° 8.072, la Contratación Directa del SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA VEHICULO OFICIAL, a la empresa MAKUTI SRL por la suma de $ 13.000,00 (pesos trece mil) por resultar la más conveniente a los intereses del Estado, por cumplir con los requerimientos formales y técnicos y encontrarse dentro del precio testigo homologado para dicho trabajo.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción Nº 092001000200 - Ejercicio Vigente.
ARTÍCULO 6°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente