EDICTOS DE QUIEBRAS



El Dr. Pablo Muiños, Juez del Juzgado de 1a Instancia de Concursos, Quiebras y Sociedades de 1a Nominación, Secretaría de la Dra. Claudina Xamena, en autos caratulados: “GUTIERREZ IORI, JOSE FRANCISCO POR QUIEBRA INDIRECTA - EXPTE. N° EXP - 757321/21", ordena la publicación de edictos, por el término de cinco días en el Boletín Oficial y un diario de circulación comercial, a los siguientes efectos: 1) DECLARAR en estado de quiebra del Sr. José Francisco GUTIÉRREZ IORI, DNI N° 36.912.932 con domicilio real en calle Urquiza N° 1290 y procesal constituido a todos los efectos legales en Avenida Sarmiento N° 380, 2do. piso, oficina “A”, ambos de esta ciudad de Salta. 2) DISPONER la prohibición de hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento a los que se hicieran de no quedar liberados por los mismos por ineficaces (art. 88 inc. 5°, LCQ). 3) ORDENAR al fallido a hacer entrega directa al Síndico de todos sus bienes, previa descripción e inventario, tanto de los que se encuentren en su poder como en el de terceros, en un plazo de 48 horas desde la toma de posesión de cargo del Síndico, BAJO APERCIBIMIENTO DE DESOBEDIENCIA JUDICIAL (arts. 88 inc. 3° y 177 inc. 2° de la LCQ). 4) INTIMAR a los terceros a hacer entrega inmediata a la Sindicatura de los bienes que, perteneciendo a la fallida, obraren en su poder (art. 88 inc. 3° y 177 inc. 1°, LCQ). 5) FIJAR el 16 de febrero de 2022 o el siguiente día hábil si este fuere feriado como vencimiento del plazo hasta el cual los acreedores posteriores a la presentación en concurso podrán presentar al Síndico sus pedidos de verificación, pudiendo hacerlo por vía incidental, sin costas, salvo improcedencia manifiesta. (art. 202 LCQ). 6) FIJAR el día 4 de abril de 2022, como límite para que la Sindicatura presente el Informe Individual de créditos (art.14 inc. 9, 35 y concs. LCQ). 7) DEJAR ESTABLECIDO que Sindicatura deberá presentar el Informe General de créditos hasta el día 18 de mayo de 2022 (art. 39 y concs. LCQ). 8) Asimismo se hace saber que con la entrada en vigencia de la Ley Nº 27.170 se ha procedido a la modificación de los artículos 32. 200 y 268 de la LCQ. Correspondiendo establecer el monto del arancel de ley en la suma de $ 3.200,00.

SALTA,
2 de Diciembre de 2021.



Dra. Claudina Del Valle Xamena Zárate, SECRETARIA




F. V/C N° 0012 - 00004035
Orden de Publicación: 100090216
Importe: $3.725,00
Fecha/s de publicación: 06/12/2021, 07/12/2021, 09/12/2021, 10/12/2021, 13/12/2021

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