SALTA, 14 de Marzo de 2022
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 3.531
VISTO:
La Resolución General Nº 3.134 del 25 de marzo de 2019, parte pertinente, mediante la cual se reglamenta el “REGISTRO DE ASOCIACIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS”, en jurisdicción de este Consejo Profesional, conforme lo disponen los artículos 5º y 6º de la Ley Nº 20.488;
Lo dispuesto por el artículo 58 de la citada Resolución General, en relación a que en el momento de solicitar las Asociaciones y/o Sociedades su inscripción en el Registro, deberán abonar un Derecho de Inscripción, suma que también deberá ingresarse en oportunidad de cada una de las sucesivas reformas del contrato social;
La Resolución General Nº 3.384 del 8 de febrero de 2021 conforme la cual se fijan los montos vigentes en concepto de Derecho de Inscripción para las Asociaciones de Profesionales Universitarios; y
CONSIDERANDO:
Que corresponde se fije el valor del Derecho de Inscripción en el Registro de Asociaciones de Profesionales Universitarios.
POR TODO ELLO:
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA
RESUELVE :
ARTÍCULO 1º: Establecer el valor del Derecho de Inscripción en la suma de pesos tres mil cien ($ 3.100) para las Asociaciones y/o Sociedades de Profesionales Universitarios que soliciten su inscripción en el Registro de Asociaciones de Profesionales Universitarios.
ARTÍCULO 2º: El derecho establecido en el artículo anterior, también deberá ingresarse en oportunidad de cada una de las sucesivas reformas del contrato social.
ARTÍCULO 3º: Las Asociaciones y/o Sociedades de Profesionales Universitarios deberán hacer efectivo el Derecho de Inscripción en el momento de solicitar su incorporación al Registro respectivo.
ARTÍCULO 4º: Derogar la Resolución General Nº 3.384 del 8 de febrero de 2021.
ARTÍCULO 5º: La presente Resolución comenzará a regir a partir del día 1º de abril de 2022.
ARTÍCULO 6º: Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia por un (1) día, dar a conocimiento de los profesionales matriculados, copiar y archivar.
Cr. Juan Pablo López López, PRESIDENTE - Cr. Enrique E. Calderón, PROSECRETARIO