SALTA, 29 de Abril de 2022
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 15/2022
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA
VISTO:
La Ley N° 8.195, el Decreto N° 533/2020 reglamentario de la misma y las Resoluciones Generales N° 3/2021 y 8/2022 emitidas por esta Dirección; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1º de la Resolución General N° 8/2022 sustituyó el artículo 5º de la Resolución General N° 3/2021, modificando entre otras cosas, la fecha hasta cuando se podía cancelar el saldo del Impuesto diferido en el marco de la Ley N° 8.195 y el Decreto N° 533/2020, mediante el pago de contado -F.900V- o formalizando un plan de pagos de hasta 12 cuotas, hasta el 29/04/2022;
Que, los contribuyentes del sector, beneficiarios del diferimiento de citada ley, solicitaron la posibilidad de prorrogar el vencimiento para regularizar el saldo del impuesto diferido oportunamente;
Que, por su parte, considerando la puesta en funcionamiento del servicio informático para la formulación de los planes de pago en los términos de la Ley N° 8.195, se considera como razonable la solicitud de prórroga antes mencionada;
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 5º, 6º, 7º y concordantes del Código Fiscal;
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar hasta el 31/05/2022 el plazo para cancelar el saldo del Impuesto diferido consolidado, conforme a lo establecido en el artículo 5º de la Resolución General N° 3/2021 -texto sustituido por R.G. N° 8/2022-.
ARTÍCULO 2º. - Remitir copia de la presente Resolución a conocimiento de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 3º.- Notificar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Uldry Fuentes