PAYO PO 301 - EXPTE N° 22.229 - VACANCIA
La Dra. María Victoria Mosmann, Jueza del Juzgado de Minas de la Provincia de Salta, hace conocer a los efectos del artículo 219 del Código de Minería (Texto ordenado Dcto. N° 456/97), que se ha declarado LA VACANCIA de la mina que a continuación se detalla, transcurridos 10 (diez) días hábiles de su publicación (artículo 90 del Código Procedimiento Minero), la presente será puesta a disposición de quien la solicite, pudiendo los interesados compulsar la misma por ante Mesa de Entradas de este Tribunal a fines de conocer las coordenadas y la superficie de aquella. Asimismo se observa que la presente se encuentra completamente en zona de uso sustentable sobre el área de Reserva Flora y Fauna Los Andes, a los fines y efectos de la Ley N° 7.107. También se observa que sobre el presente pedimento minero recorre un tramo (2121 m) de la servidumbre de camino Expte. N° 20.273.
Expte. N° Nombre Mineral Dpto.
22.229 Payo Po 301 Cloruro de Sodio Los Andes
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Dra. María Alejandra Loutayf, SECRETARIA