SALTA, 27 de Julio 2022
RESOLUCIÓN N° 028
SECRETARÍA DE LAS PERSONAS MAYORES
Expediente N° 432-92236/2022-0
VISTO las presentes actuaciones, por las cuales se tramita aprobar la contratación abreviada contenida en autos; y
CONSIDERANDO:
Que por el conducto de dicho procedimiento administrativo se gestiona la adquisición de 20.000 módulos alimentarios destinados a asistir a las personas mayores de los Centros y Club de Jubilados y Pensionados de la provincia de Salta;
Que habida cuenta la urgencia y la emergencia de contar con dichos módulos alimentarios a fin de prever de manera regular y programada la provisión de alimentos, para mitigar y acercar soluciones alimentarias a las personas mayores, se optó por canalizar el trámite contenido en autos en el marco de lo establecido en el artículo 15, inciso i) de la Ley N° 8.072 y concordantes de su Decreto reglamentario N° 1319/18;
Que, de la situación producida surge de manera evidente los extremos que exige el art. 22 del Decreto Reglamentario N° 1319 que son la Urgencia y Emergencia para que proceda este tipo de contratación.
Que conforme surge de autos, la contratación de marras ha sido pre-adjudicada a la firma comercial “MARILIAN” de titularidad del Sr. Mallid Chehadi, el cual reúne los requisitos exigidos por la entidad contratante;
Que la Unidad Central de Contrataciones, la Secretaria de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicio Públicos, la Unidad de Sindicatura Interna, el Servicio Administrativo,Financiero de la Gobernación y la Asesoría Jurídica de la Secretaria de las Personas Mayores, han tomado la intervención previa que les compete para la emisión del presente acto administrativo;
Por ello, en el marco de lo establecido en el artículo 15, inciso i), de la Ley de Contrataciones N° 8.072 y art. 22 del Decreto Reglamentario N° 1319/18;
EL SECRETARIO DE LAS PERSONAS MAYORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de contratación abreviada por emergencia previsto en el artículo 15, inciso i) de la Ley N° 8.072, para la adquisición de 20.000 módulos alimentarios para las personas mayores.
ARTÍCULO 2°.- Adjudicar, por menor monto, a la firma comercial “MARILIAN” de titularidad del Sr. Mallid Chehadi, la referida contratación abreviada de adquisición de bolsones alimentarios.
ARTÍCULO 3°.- La erogación resultante de lo dispuesto precedentemente se imputará a la Cuenta 415123 - Curso de Acción 011038000100 - Secretaría de las Personas Mayores.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar, insertar en el libro de Resoluciones, Publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Villamayor