EDICTO:
La Dra. Eugenia F. de Ullivarri, Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 1a Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Claudia G. Nallar, en los autos caratulados: “TARRAGA, LUIS JESUS POR PEDIDO DE PROPIA QUIEBRA - EXPTE. N° EXP-8615/22", ordena la publicación de edictos por el término de cinco días en el Boletín Oficial, sin cargo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere, a los siguientes efectos:
1) Hacer conocer que en fecha 04/10/22 se dispuso la Declaración de QUIEBRA de TARRAGA, LUIS JESUS ARIEL DNI N° 36.803.263, con domicilio real en calle Mendoza N° 530 y domicilio procesal en manzana 30B, casa 10, barrio 20 de Febrero, ambos de la ciudad de Orán.
2) Ordenar el desapoderamiento de pleno derecho de los bienes del fallido existentes a la fecha de la declaración de quiebra y los que adquiera hasta su rehabilitación.
3) Intimar al fallido y a terceros para que entreguen a la sindicatura los bienes de aquella (art. 89 inc. 3 de la LCQ).
4) Prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces (art. 89 inc. 3 LCQ).
5) Hacer saber que se ha fijado el 18 de Noviembre del 2022 o el siguiente hábil, como vencimiento del plazo que se acuerda a los acreedores para que presenten ante la sindicatura sus pedidos de verificación.
6) Hacer saber que se ha fijado el día 16 de Diciembre de 2022 o el siguiente hábil, para que la sindicatura presente su informe individual con los recaudos y copias exigidas por la LCQ (art. 200 y 35).
7) Hacer saber que se ha fijado el día 17 de Febrero de 2023 o el siguiente hábil, para que la sindicatura haga lo propio respecto del Informe General (art. 200 y 39 LCQ).
8) Hacer saber que el síndico designado es el Contador Público Nacional el Sr. Claudio Alejandro Zendron DNI N° 28.991.777, quién constituyo domicilio procesal en calle Belgrano N° 242 de esta ciudad y que atenderá los días martes y jueves en el horario de 09:00 a 12:00 para la recepción de los pedidos de verificación. Quedando establecido el monto del arancel de verificación (art. 200 LCQ) en el 10 % del SMVM.
Dra. Eugenia Fernandez de Ulivarri, JUEZA