SALTA, 12 de Octubre de 2022
RESOLUCIÓN N° 215
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Expediente N° 302-157869/2022-0
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales a Secretaría de Minería y Energía de este Ministerio, solicita autorización para la Comisión Oficial a la ciudad de Antofagasta - Chile, entre los días 18 y 21 de julio del corriente año; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Comisión Oficial se requiriere a efectos de participar en el marco del Proyecto FOAR "Transferencias de conocimientos en procesos de control y fiscalización minera de yacimientos metalíferos, para ser aplicados en la región de la Puna de la Provincia de Salta, Argentina”;
Que el citado proyecto tiene por objetivo el intercambio de experiencias y aprendizajes con responsables de las áreas técnicas y jurídicas de SERNAGEOMIN de la Región de Antofagasta, en torno a la materia ambiental minera con el objeto de afrontar desafíos futuros en el desarrollo de la industria minera sostenible;
Que la Comisión Oficial no demandó erogación alguna para el Estado, provincial, por lo que corresponde autorizar la misma, con encuadre en el Decreto N° 3.094/12;
Que la Secretaria de Minería y Energía, y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio han tomado la intervención correspondiente;
Por ello;
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar por autorizada la Comisión Oficial efectuada por los siguientes agentes: Dr. LEONARDO MATIAS GUALPA, DNI N° 36.416.609, Geol. LUCIANA GABRIELA CERÚSICO, D.N.I. N° 26.769.414 y Tec. MARINA LILIANA GIL, D.N.I. N° 17.345.035, a la ciudad de Antofagasta-Chile, para su participación en el Proyecto FOAR “Transferencias de conocimientos en procesos de control y fiscalización minera de yacimientos metalíferos, para ser aplicados en la Región de la Puna de la Provincia de Salta, Argentina”, entre los días 18 y 21 de julio del corriente año, por los motivos expuestos en el considerando de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que la presente comisión oficial no devengará erogación alguna al Estado Provincial.
ARTICULO 3°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De Los Rios