RESOLUCIONES



SALTA, 25 de Noviembre de 2024

RESOLUCIÓN Nº 1087

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 158 - 177.278/22 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 33/24, para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.640 “CAMINO DEL INCA” - VAQUEROS - DPTO. LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 892/24 (fs. 91/92), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 9.102.736,89 (pesos nueve millones ciento dos mil setecientos treinta seis con 89/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 94/115, mediante Resolución Nº 35/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 120 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 121/122 en el Boletín Oficial y a fs. 123 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 08 de Octubre de 2.024 (fs. 140/141), presentaron sus ofertas 03 (tres) empresas: “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPPALARDO” y “HERNAN ESTEBAN RODRIGUEZ LOPEZ”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 259/264, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 35/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar a la oferta presentada por la empresa “HERNAN ESTEBAN RODRIGUEZ LOPEZ”, ya que ante la intimación para que complete la documentación correspondiente a los requisitos formales, la nota por la cual se subsana la documentación faltante se realizó fuera de término (16/10/2024 a hs 10:06) y a la oferta alternativa presentada por la firma “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPPALARDO” ya que su propuesta de $ 9.308.200,88, resulta palmariamente inválida por dos motivos esenciales: en primer lugar porque se trata de una oferta condicionada que excluye la nota de “certeza” que debe contener toda propuesta para ser considerada válida. No obstante, debe tenerse presente que dicha consecuencia afecta exclusivamente a la oferta condicionada, presentada como variante, no así a la oferta principal ($10.425.184,88) que se ajusta a las bases normativas de la contratación y la cual se continúa con su análisis junto a la oferta presentada por la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, que se recomiendan declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cumplen con los requisitos técnico constructivos requeridos, cuentan con la capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodologías propuestas, sus planillas de datos garantizados verifican que los materiales de carpinterías e instalaciones eléctricas son correctos y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por un monto de $ 9.389.072,25 (pesos nueve millones trescientos ochenta y nueve mil setenta y dos con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.024, que representa un 0,19 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 265/270, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran observaciones al mismo;

Que a fs. 283, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 284/285, mediante Dictamen Nº 546/24, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 286, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 42/24;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 33/24, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 892/24 para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.640 “CAMINO DEL INCA” - VAQUEROS - DPTO. LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 9.102.736,89 (pesos nueve millones ciento dos mil setecientos treinta seis con 89/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la firma “HERNAN ESTEBAN RODRIGUEZ LOPEZ” y a la propuesta alternativa de la firma “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPPALARDO”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas: “ALVAREZ CHAMON S.R.L.” y “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPPALARDO” por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Nº 8.072 adjudicar la contratación mencionada en el Artículo 1º de la presente resolución a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, CUIT N° 30-70981835-6, por un monto de $ 9.389.072,25 (pesos nueve millones trescientos ochenta y nueve mil setenta y dos con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.024, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto se imputara hasta la suma de $1.877.814,45 al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 807 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 8º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 9º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100015132
Orden de Publicación: 100120414
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 10/12/2024

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