RESOLUCIONES



SALTA, 15 de Noviembre de 2024

RESOLUCIÓN Nº 1072

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 368 - 265.897/23 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 34/24, para la contratación de la obra “REPARACIÓN VEREDA MERCADO ARTESANAL - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 881/24, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 5.996.057,40 (pesos cinco millones novecientos noventa y seis mil cincuenta y siete con 40/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024, con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 53/70, mediante Resolución Nº 36/24 de la Secretaría de Procedimiento de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 76, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 75 en el Boletín Oficial y a fs. 77 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 09 de Octubre de 2.024 (fs. 93/94), presentaron sus ofertas 4 (cuatro) empresas: “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, “ERNAN ESTEBAN RODRIGUEZ LOPEZ”, “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPPALARDO” y “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 198/202, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 36/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas: “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, “HERNAN ESTEBAN RODRIGUEZ LOPEZ”,
“MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPPALARDO” y “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cumplen con los requerimientos técnico - constructivos, cuentan con la capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficiente para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodologías propuestas, sus equipamientos son suficientes y sus planillas de datos garantizados son correctas, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia, la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, por un monto de $ 6.987.701,75 (pesos seis millones novecientos ochenta y siete mil setecientos uno con 75/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.024, que representa un 1,34 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a de fs. 203/210, rola las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten observaciones al mismo;

Que a fs. 214, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 215/216, mediante Dictamen Nº 543/24, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 217, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 39/24;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 34/24, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 881/24, para la ejecución de la obra “REPARACIÓN VEREDA MERCADO ARTESANAL - SALTA - CAPITAL”, con un presupuesto oficial de $ 5.996.057,40 (pesos cinco millones novecientos noventa y seis mil cincuenta y siete con 40/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024, con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas: “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “MARÍA FERNANDA LÓPEZ PAPPALARDO” y “HERNAN ESTEBAN RODRIGUEZ LOPEZ”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.

ARTÍCULO 3º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, adjudicar la contratación mencionada en el Artículo 1º de la presente resolución a la firma “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, CUIT N° 20-13845234-5, por un monto de $ 6.987.701,75 (pesos seis millones novecientos ochenta y siete mil setecientos uno con 75/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.024, con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto se imputara la suma de $ 5.107.171,46 al Curso de Acción: 092007019205 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 806 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 7º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100015134
Orden de Publicación: 100120416
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 10/12/2024

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