SALTA, 13 de Diciembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1134
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 45911/24 - 0 y agregados.
VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 60/24, para la contratación de la obra “AMPLIACIÓN EN LA ESCUELA N° 4113 AERONÁUTICA ARGENTINA - COLANZULI - IRUYA - DPTO IRUYA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución S.O.P. Nº 1005/24 (a fs. 111/112), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 194.425.309,43 (pesos ciento noventa y cuatro millones cuatrocientos veinticinco mil trescientos nueve con 43/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;
Que a fs. 114/134, mediante Resolución Nº 63/24 de la Subsecretaría de Procedimiento de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;
Que según constancias de fs. 142 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 135/136, en el Boletín Oficial, a fs. 137 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 13 de Noviembre de 2.024 (fs. 157/158), presenta su única oferta la empresa: “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que a fs. 191/193, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 63/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, cuenta con la capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, cumple con los requisitos técnico constructivos requeridos, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resulta coherente su plan de trabajo y la metodología propuesta, sus equipamientos son suficientes, su planilla de datos garantizados correcta en lo referente a los insumos y materiales destinados a pisos, instalación sanitaria y eléctrica y refleja también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida, tanto la normal como la especializada para instalaciones;
Que, en consecuencia, la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, por un monto de $ 223.500.652,48 (pesos doscientos veintitrés millones quinientos mil setecientos cincuenta y dos con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.024, que representa un 6,04 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que a fs. 194/195, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presenten observaciones al mismo;
Que a fs. 204, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;
Que a fs. 205/206, mediante Dictamen N° 426/24, rola la intervención de la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;
Que a fs. 207, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 62/24;
Por ello atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 60/24, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 1005/24, para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN EN LA ESCUELA Nº 4113 AERONÁUTICA ARGENTINA - COLANZULI - IRUYA - DPTO IRUYA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 194.425.309,43 (pesos ciento noventa y cuatro millones cuatrocientos veinticinco mil trescientos nueve con 43/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.
ARTÍCULO 2º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa: “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.
ARTÍCULO 3º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, adjudicar la contratación mencionada en el Artículo 1° de la presente resolución a la firma “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, CUIT N° 20-16297371-2, por un monto de $ 223.500.652,48 (pesos doscientos veintitrés millones quinientos mil setecientos cincuenta y dos con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.024, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 44.700.130,50 al Curso de Acción: 071011005207 - Financiamiento: Libre. Disp. (100) - Proyecto: 1008 - Unid. Geográfica: 99 - Ejercicio 2024.
ARTICULO 7º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.
ARTÍCULO 8º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente