SALTA, 09 de diciembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 209/2024
COLEGIO DE MÉDICOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
VISTO : la Resolución Nº 155 dictada por la Mesa Directiva en fecha 16/11/2021, mediante la cual se reglamenta la práctica de Poligrafía y Polisomnografía, y;
CONSIDERANDO :
Que, la Sociedad Salteña de Otorrinolaringología solicitó oportunamente la inclusión de los Especialistas en Otorrinolaringología para realizar la práctica de Poligrafía, presentando la fundamentación correspondiente.
Que, dicha solicitud fue tratada fue incluida en el Orden del Día de la Asamblea Anual del Consejo de Distritos de fecha 23/11/2024, concluyéndose luego de un amplio debate que corresponde incluir a los Especialistas en Otorrinolaringología para realizar la práctica en cuestión.
Que, corresponde entonces dictar el instrumento legal pertinente, ya que, la modificación aprobada por el Consejo de Distritos se encuentra dentro de las previsiones contenidas en el art. 9 del Decreto Nº 327/63,
Por ello,
LA MESA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE SALTA
RESUELVE
1º) AMPLIAR la Resolución Nº 155/21, estableciendo que, a partir de la fecha, los Especialistas en Otorrinolaringología con Certificado otorgado u homologado por el Colegio de Médicos de la Provincia de Salta, podrán realizar la práctica de Poligrafía, debiendo además acreditar el aval de la Asociación argentina de Medicina del sueño o un (1) curso de formación de postgrado nacional o internacional en trastornos respiratorios del sueño.
2º) REGÍSTRESE, publíquese en el Boletín Oficial y ARCHÍVESE.
Dr. Alberto Emilio Robredo Capobianco, PRESIDENTE