SALTA, 11 de Julio de 2023
RESOLUCIÓN Nº 0087/2023
CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES PARA MÉDICOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
VISTOS:
> Lo dispuesto por art. 19 de la Ley 6.556, para la realización de actos eleccionarios. Lo dispuesto por la Junta Electoral, respecto de la oficialización de listas de candidatos para las Elecciones a llevarse a cabo los días 13/07/2023 en el interior de la provincia, y 14/07/2023 en Salta Capital, de conformidad a lo dispuesto por Resolución 0054/2023.
CONSIDERANDOS:
> Que, la Junta Electoral ha llevado adelante el procedimiento electoral dispuesto por medio del Reglamento General para Asambleas y Elecciones (Resolución 0038/2021), respecto de la convocatoria a elecciones, publicación de padrón provisorio, recepción de listas de candidatos y documentación que acredite las condiciones legales y formales de los mismos; resolviendo por ello, la oficialización de dos listas de candidatos.
Conforme Actas de oficialización de Listas de fecha 04/07/2023 y Acta ratificativa y de emisión de boletas de votos de fecha 10/07/2023, se determina la realización del acto electoral previsto para los días 13 y 14 de julio de 2023, en el interior y capital de la provincia respectivamente.
En vista de las normas establecidas por Ley 6.556 y Reglamento General para Asambleas y Elecciones (Resolución 0038/2021), resulta necesario establecer pautas y normas necesarias para la realización del acto electoral.
Por ello, el Consejo de Administración, en virtud de las facultades otorgadas por art. 14 y concordantes de la Ley 6.556;
RESUELVE:
Artículo 1º: APROBAR LA REGLAMENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL ACTO ELECTORAL Anexo I que forma parte de la presente, y que es complementaria de las disposiciones establecidas por Ley 6.556, y Resolución 0038/2021, de aplicación para la elección de Autoridades de la Caja de Jubilaciones y Pensiones para Médicos de Salta.
Artículo 2º: APROBAR LOS ANEXOS II, III Y IV, correspondientes a formularios de apertura y cierre de acto electoral, y de recepción de urnas. Los mismos se encuentran disponibles en la página web cjpms.org.ar o en la sede social.
Artículo 3º: Cópiese, Regístrese y Archívese.
Dr. Maximiliano Javier Farfán, PRESIDENTE - Dr. Enzo Lucas Triggiano, VICEPRESIDENTE - Dra. María Elena Del Olmo, SECRETARÍA - Dr. Gustavo Adolfo Vacaflores, TESORERO - Dr. Raul Domingo Rios, PROTESORERO - Dr. Julio Octavio Montellano, SÍNDICO TITULAR - Dr. Juan Felix Dellmans, VOCAL TITULAR