DECRETO N° 431/22
APRUEBA CONVENIO "PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA" CELEBRADO ENTRE LA NACIÓN ARGENTINA, EL FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL Y LA PROVINCIA DE SALTA .

Publicado en el Boletín N° 21258, el día 27 de Junio de 2022.



SALTA, 24 de Junio de 2022

DECRETO Nº 431

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expte. Nº 11-46483/22.-

VISTO el Convenio “Programa de Asistencia Financiera", celebrado entre el Estado Nacional, el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial y la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que el citado acuerdo tiene por objeto refinanciar los compromisos que la Provincia mantiene con el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial al 31 de marzo de 2022, originados en los Convenios aprobados por la Ley Nº 8197 y por el Decreto Nº 901/2021;

Que en tal contexto, a través del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial se entrega en calidad de préstamo a la Provincia, hasta la suma máxima de $3.252.143.940,14 (pesos tres mil doscientos cincuenta y dos millones ciento cuarenta y tres mil novecientos cuarenta con 14/100);

Que la Contaduría General de la Provincia dictamina la viabilidad de la operación de préstamo, dejando sentado que la misma no vulnera los limites establecidos 69 de la Constitución Provincial, ni por el artículo 21 de la Ley Nº 25.917;

Que al respecto se expide favorablemente la Coordinación de Asuntos Legales y Técnicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que asimismo, toma intervención la Fiscalía de Estado mediante Dictamen Nº 44/2022, entendiendo que en el marco de la normativa vigente y aplicable a la materia -artículo 44 de la Ley Nº 8298-, el Poder Ejecutivo se encuentra autorizado a la refinanciación de la deuda que mantiene la Provincia con el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140, 2º párrafo, y artículo 144, inciso 1º de la Constitución Provincial, artículos 1º y 4º  de la Ley Nº 8171 modificada por su similar Nº 8274 y artículo 44 de la Ley Nº 8298,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio "Programa de Asistencia Financiera”, celebrado entre la Nación Argentina, representada por el señor Ministro de Economía de la Nación, Doctor Martin Maximiliano Guzmán; el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, representado por su Directora Ejecutiva, Licenciada Claudia Graciela Álvarez y la Provincia de Salta, representada por el suscripto, el que como Anexo forma parte del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - López Morillo



VER ANEXO


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