SALTA, 16 de Junio de 2021
DECRETO Nº 478
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA
Expediente Nº 145-267070/2020
VISTO el Acta Complementaria al Convenio Marco suscripto entre el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y el Gobierno de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que la citada Acta Complementaria tiene por objeto establecer las pautas y condiciones entre las partes para la implementación del Proyecto “GENERAR” LÍNEA B.1, con el objetivo de fortalecer la institucionalidad en materia de género y diversidad;
Que la Provincia se obliga a fortalecer la capacidad institucional del “Polo Integral de las Mujeres” para propiciar espacios, actividades y acciones tendientes a garantizar una política pública permanente de reparación de situaciones de violencia y discriminación por motivos de género mediante la inserción laboral y el acceso a la autonomía económica de las personas que se encuentren en las dichas situaciones;
Que a los fines indicados el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad se compromete a otorgar la suma de pesos setecientos mil ($700.000) para atender la implementación del proyecto;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140, segundo párrafo, 144, inciso 2º de la Constitución Provincial, y 1º de la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acta Complementaria al Convenio Marco suscripta entre el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y el Gobierno de la Provincia de Salta, la que como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
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