DECRETO N° 481/21
APRUEBA ACTA SUSCRIPTA CON EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN Y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SALTA. OBRA: CONSTRUCCIÓN DE 21 CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL EN DISTINTAS LOCALIDADES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21014, el día 23 de Junio de 2021.



SALTA, 16 de Junio de 2021

DECRETO Nº 481

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
el Acta suscripta entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del mencionado instrumento, las partes se comprometen a aunar esfuerzos con el fin de llevar adelante todas las acciones necesarias para fomentar el desarrollo de los Proyectos de Obra: “Construcción de 21 Centros de Desarrollo Infantil en distintas localidades de la Provincia de Salta";

Que en ese contexto, el Ministerio de Obras Públicas de la Nación, se compromete a financiar, en la medida de sus disponibilidades presupuestarias la ejecución de los proyecto, debiendo la Provincia remitir a mismo aquellas documentaciones e información correspondiente a los proyectos;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 inciso 1 de la Constitución Provincial y el articulo 1º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acta suscripta entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta, el que como Anexo forma parte integrante del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Posadas



VER ANEXO


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