SALTA, 22 de Julio de 2022
DECRETO Nº 538
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Expediente Nº 142-120565/2022-0
VISTO el Convenio para el Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera, celebrado entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nacional Nº 26.060, se creó el Plan de Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera y el Fondo de Compensación de Ingresos para la Producción Algodonera (FCIPA) con el objeto de garantizar la sustentabilidad del cultivo del algodón a través de acciones y mecanismos que permitan atenuar los efectos de las oscilaciones bruscas y negativas de los precios, y promover certidumbre de largo plazo para el productor algodonero;
Que en ese marco, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, aportará a la Provincia, hasta la suma de pesos ocho millones ochenta y cinco mil ciento cuatro ($8.085.104), para el fortalecimiento del sector algodonero;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 144, inciso 1) de la Constitución Provincial, 1º y 2º de la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio para el Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera, celebrado entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por el Dr. Julián Andrés Domínguez, y la Provincia de Salta, representada por el suscripto, el que como Anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - De los Ríos Plaza - López Morillo