SALTA, 24 de Agosto de 2020
DECRETO Nº 560
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Expediente N° 0110017-173753/2020
VISTO el Convenio de Colaboración, Asistencia Técnica y Financiación celebrado entre la Dirección General de Estadísticas y Censo dependiente de la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia y el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC); y,
CONSIDERANDO:
Que dicho acuerdo tiene por objeto, llevar a cabo en la Provincia de Salta la “Prueba de Cuestionario ENUT” (Encuesta Nacional de Uso del Tiempo), acordando las partes el alcance de las obligaciones que recíprocamente asumen, la estructura y disponibilidades de bienes que afectarán para el desarrollo de las diversas actividades que se realizarán, los servicios, financiación, asistencia técnica y capacitación que comprometen para posibilitar el cumplimiento integral de la citada Prueba;
Que la Dirección General de Estadísticas y Censo tiene como función actuar como delegación de los servicios nacionales de estadística en lo que atañe a la conducción y realización de estadísticas y censos que se realicen en el territorio provincial, por lo que según lo establece el artículo 13 del Decreto Ley Nº 484/1957 se encuentra facultada, con aprobación del Poder Ejecutivo, para celebrar convenios con la autoridad estadística nacional y gestionar de ésta una contribución por los trabajos que efectúe en calidad de delegación de la misma;
Que el financiamiento de los gastos que demande el cumplimiento del Convenio de Colaboración, Asistencia Técnica y Financiación para llevar a cabo la “Prueba de Cuestionario ENUT” en la jurisdicción provincial, será realizado por el INDEC con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la cláusula TERCERA 3.1.- a) del mismo;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial y la Ley N° 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Colaboración, Asistencia Técnica y Financiación celebrado entre la Dirección General de Estadísticas y Censo dependiente de la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia, y el Instituto -Nacional de Estadística y Censos (INDEC), el que como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Posadas