SALTA, 05 de Agosto de 2021
DECRETO Nº 576
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
VISTO los Decretos Nros. 1.448/2014 y 3.506/2014; y,
CONSIDERANDO:
Que por el primero de los citados Decretos se dispuso la intervención administrativa del Programa de Vivienda Popular, Sociedad del Estado (PRO.VI.PO. S.E.);
Que dicha intervención fue prorrogada por el Decreto Nº 3.506/2014, a partir del 26 de noviembre de 2014 y por el término de tres meses con los alcances previstos en el Título II, Capítulo IV de la Ley Nº 5.348;
Que, de acuerdo con el artículo 24 de la citada Ley, al vencimiento del plazo o de su prórroga, la intervención caducará automáticamente, reasumiendo sus atribuciones las autoridades superiores de la Entidad, excepto que las mismas no se encontraren en ejercicio de sus cargos;
Que, en consecuencia, y dado que se presenta la excepción citada precedentemente, corresponde designar el interventor de la mencionada Sociedad hasta tanto se resuelva en definitiva la integración de las referidas autoridades;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase, en carácter “ad honorem” al señor ESTEBAN CARRAL COOK, DNI Nº 17.792.124, como Interventor del Programa de Vivienda Popular, Sociedad del Estado (PRO.VI.PO. S.E.), a partir de la toma de posesión en sus funciones.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Villada (I)