SALTA, 15 de Octubre de 2020
DECRETO Nº 678
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
EXPEDIENTE Nº 0120159-36187/2014-0
VISTO la prórroga del Contrato de Locación de Inmueble suscripta entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, y el Sr. Horacio Campastro, en representación de la señora Juana Hilaria Alzola, conforme poder general amplio de representación; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 657/19 se aprobó el contrato de locación del inmueble ubicado en calle Mitre Nº 274 Primer Piso, identificado como Catastro Nº 65320, sección B, manzana 86, parcela 21-Salta-Capital, destinado para funcionamiento de los Programas: Becas, Conectar Igualdad, Plan de Mejoras y Escuelas Abiertas y/o cualquier otro establecimiento dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;
Que el referido contrato de locación previo la posibilidad de prórroga, por lo que en esta instancia haciendo uso de dicha facultad, se procedió a la celebración de la misma;
Que la Unidad Central de Contrataciones ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido por el artículo 97 del Decreto Nº 1.319/2018, reglamentario de la Ley Nº 8.072;
Que en virtud de lo dispuesto en la Resolución Nº 14 D/2020 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, han tomado intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;
Que la Secretaría de Administración y Control de Procesos y la Dirección de Asuntos Jurídicos, ambos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, han tomado la intervención de su competencia;
Por ello, con encuadré en el artículo 15 inciso d) de la Ley Nº 8.072 y artículos 94 a 98 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Prórroga del Contrato de Locación de Inmueble suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, representado por su titular, Dr. Matías Cánepa y el Sr. Horacio Campastro, DNI 16.899.322, en representación de la señora Juana Hilaria Alzola, DNI 3.203.833 conforme poder general amplio de representación, a partir del 01/01/20 y hasta el 31/12/21, el que como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07 - SAF 1 - Curso de Acción 003 - Actividad 0001 - Servicios No Personales - Secretaría de Gestión Administrativa - Código: 071003000100.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Cánepa- Posadas