SALTA, 04 de Noviembre de 2020
DECRETO Nº 728
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
VISTO el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Salta, por una parte, y la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), por la otra; y,
CONSIDERANDO:
Que el citado convenio tiene por objeto establecer las bases para el desarrollo de acciones, planes y/o actividades de cooperación entre las partes, a efectos de coadyuvar a la puesta en valor de los predios y las áreas circundantes del entorno de la traza ferroviaria de la Línea Belgrano por la que se prestan los servicios de transporte de pasajeros asignados a SOFSE, en el ámbito de la Provincia de Salta, en materia de seguridad, mantenimiento, iluminación, entre otras;
Que, asimismo, las partes pactan que se brindarán mutua colaboración para la posible extensión del actual Servicio Ferroviario Salta - Güemes hasta la localidad de Campo Quijano;
Que, en este marco, se consideró conveniente la celebración del presente Convenio Marco de Colaboración, a fin de fomentar la interacción de ambas partes para el mejor aprovechamiento de los recursos existentes, como así también la coordinación de actividades y trabajos tendientes a lograr los objetivos propuestos;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144, inciso 1), de la Constitución Provincial y el artículo 1º de la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Salta, representada por el señor Gobernador, Dr. Gustavo Sáenz, por una parte, y la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), representada por su Presidente, Lic. Martín F. Marinucci, por la otra, el que como Anexo forma parte integrante del presente instrumento.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Posadas