SALTA, 09 de Noviembre de 2020
DECRETO Nº 744
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expte. Nº 46728/13-código 321-cde. 47
VISTO el subsidio que se gestiona a favor del paciente Thiago Luis Guantay; y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al diagnóstico acompañado en las presentes actuaciones, deviene necesario cubrir el costo de internación correspondiente al período comprendido entre el 15 de diciembre de 2019 y hasta el 25 de enero de 2020, incluida la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) y Aféresis de Trasplante de Intestino para el mencionado paciente;
Que el Gobierno de la Provincia, dentro de la política sanitaria implementada en el Área de Salud, trata de brindar soluciones inmediatas a personas carentes de recursos, mediante el otorgamiento de subsidios para afrontar su efectiva y eficiente atención;
Que la salud, en tanto bien social, es un derecho inherente a la vida y su preservación constituye un deber de cada persona y del Estado, pues éste debe asegurar igualdad de prestaciones ante idénticas necesidades, estableciendo las prioridades con criterio de justicia y utilización racional de los recursos (cf. artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial);
Que de las constancias de autos surge que el paciente Guantay ha cumplido con los requisitos necesarios para la viabilidad del subsidio, acreditándose la objetiva razonabilidad para su otorgamiento;
Que la Subsecretaría de Administración y Finanzas y el Programa de Extensión de Cobertura del Ministerio de Salud Pública, tomaron la intervención de su competencia;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 140 segundo párrafo de la Constitución Provincial y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 6.583, sus modificatorias y sucesivas prórrogas;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase subsidio al paciente THIAGO LUIS GUANTAY, DNI Nº 48.209.348, por la suma de pesos seis millones doscientos mil doscientos cincuenta y cinco con sesenta centavos ($ 6.200.255,60), para cubrir el costo de internación correspondiente al período comprendido entre el 15 de diciembre de 2019 y hasta el 25 de enero de 2020, incluida la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) y Aféresis de Trasplante de Intestino, con posterior intervención de la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública para auditar el destino del mismo.
ARTÍCULO 2º.- La erogación resultante deberá imputarse al Curso de Acción: 081010000500, Programas Especiales, Cuenta Objeto: 415123, Auxiliar: 1004.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Salud Pública y el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Esteban - Posadas
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