SALTA, 16 de Noviembre de 2020
DECRETO Nº 767
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 253.680/2020-código 234
VISTO el Convenio Marco de Cooperación, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho Convenio tiene por objeto establecer un marco técnico y jurídico para el intercambio electrónico de información entre las partes, a fin de optimizar el diseño de políticas públicas que mejoren la calidad de vida de las personas y proporcionar los elementos para mejorar los procesos de gestión inherentes al Plan Nacional “ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE”, manteniendo la más estricta confidencialidad respecto de toda información a la que accedan como consecuencia del acuerdo, y a hacer respetar este deber por todos los dependientes que designen al efecto;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, en el marco de las facultades dispuestas en los artículos 144 de la Constitución Provincial y 1º de la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase, el Convenio Marco de Cooperación, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por su titular, Lic. Daniel Femando Arroyo, y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, representada por su titular, Sra. Verónica Figueroa, el que como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Figueroa - Posadas