SALTA, 12 de Septiembre de 2022
DECRETO Nº 783
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO
Expediente Nº 64-119235/2022-0
VISTO el Convenio Específico celebrado entre la Provincia de Salta y la Superintendencia de Riegos del Trabajo; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo se suscribe en el marco del Convenio aprobado por Decreto Nº 579/2017 y tiene como antecedente inmediato el Convenio Específico aprobado por Decreto Nº 564/2021;
Que resulta prioritario continuar ejecutando y promoviendo la implementación de acciones dirigidas a sostener y fomentar la seguridad y salud en el trabajo;
Que en virtud de ello, las partes han suscripto un Convenio Específico cuyo objeto es el mejoramiento permanente de la calidad del empleo, a través de Ia ejecución de acciones de fiscalización tendientes a verificar las condiciones y medio ambiente de trabajo, promover la disminución de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y cumplir con los deberes y obligaciones en materia preventiva emergentes de las Leyes Nº 24.557, Nº 27.348, Nº 19.587 y demás normas complementarias;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144 inciso 2º de la Constitución Provincial, y artículo 4º de la Ley Nº 8171 -modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Específico celebrado entre la Provincia de Salta y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, cuyo texto como Anexo forma parte integrante del instrumento.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Villada - López Morillo