SALTA, 17 de Septiembre de 2021
DECRETO Nº 799
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expediente Nº 321-122152/2021
VISTO las necesidades del Hospital de Rivadavia Banda Sur; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Personal del Ministerio de Salud Pública informa que el citado nosocomio no cuenta con cargo vacante en el agrupamiento profesional, por lo que resulta necesario modificar la planta y cobertura de cargos de los Hospitales “San Vicente de Paúl” de San Ramón de la Nueva Orán y de Rivadavia Banda Sur, aprobadas por Decretos Nº 1.034/1996 y 623/2006, respectivamente;
Que el artículo 31 de la Ley Nº 8.171 faculta al Gobernador a efectuar todas las reestructuraciones orgánicas y presupuestarias que fueren ménester para la mejor ejecución de dicha norma;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud Pública tomó la intervención de su competencia;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas en el articulo 144 inciso 2º de la Constitución Provincial y el artículo 31 de la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Suprímase de la planta y cobertura de cargos del Hospital "San Vicente de Paúl” de San Ramón de la Nueva Orán, aprobada por Decreto Nº 1.034/1996, el cargo de orden 275 y en su reemplazo incorpórase un (1) cargo en la Gerencia de Atención de las Personas del Hospital de Rivadavia Banda Sur, en el orden 3.6, ubicación escalafonaria: Profesional, denominación: profesional asistente.
ARTÍCULO 2º.- La erogación resultante deberá imputarse al Curso de Acción: 081005000200, inciso: Gastos en Personal, Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Esteban - Villada (I)