DECRETO N° 812/24
DENIEGA POR INADMISILIDAD FORMAL EL RECURSO DE ALZADA INTERPUESTO POR LA EMPRESA J&G LOMBARDICH S.A., EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN N° 1047/2023 DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21851, el día 09 de Diciembre de 2024.



SALTA, 4 de Diciembre de 2024

DECRETO Nº 812

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 0110033-146522/2023-0

VISTO el recurso interpuesto por la Empresa J&G Lombardich S.A., en contra de la Resolución Nº 1047/2023, de la Dirección de Vialidad Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la citada resolución se rechazó el recurso interpuesto contra la Resolución Nº 685/2023 que ratificó la sanción de multa impuesta por el Acta Nº 10.200 al propietario, cargador y conductor del vehículo que cometió la infracción al Régimen de la Ley Nº 5787 y el artículo 57 de la Ley 24.449;

Que luego de ello, la empresa impugnante interpuso un recurso que debe ser calificado y tratado como recurso de alzada, en los términos del artículo 184 de la Ley Nº 5348 - Ley de Procedimientos Administrativos para la Provincia de Salta- pues, en virtud del principio del informalismo establecido en el artículo 144 inciso 1) de la Ley antes citada, la Administración está obligada a denominar técnicamente, de modo correcto, las presentaciones de los administrados;

Que dicho recurso resulta inadmisible, ya que la instancia administrativa quedó agotada con la emisión de la Disposición Interna Nº 1047/2023 de la Dirección de Vialidad Salta, debidamente notificada a la recurrente, en virtud de lo dispuesto por los artículos 178 y 184 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta, teniendo presente que la aludida Dirección es un ente autárquico;

Que al respecto, cabe señalar que la interpretación referida precedentemente fue sostenida por la Corte de Justicia de Salta, al decir que “frente a la decisión emanada de la autoridad superior de un organismo autárquico o descentralizado, el particular interesado puede, a su elección, optar entre la interposición del recurso de revocatoria, cuya decisión deja expedita la vía judicial para formular el reclamo, o someter el acto administrativo al control de legalidad del Poder Ejecutivo por la vía del recurso de alzada” (CJS Tomo 208:1083);

Que la Resolución Nº 1047/2023 de la Dirección de Vialidad Salta constituye un acto definitivo que causó estado al haber resuelto un recurso de reconsideración interpuesto contra una decisión emitida por la autoridad máxima de un ente autárquico;

Que por lo tanto, la improcedencia formal del recuso bajo examen, exime de la evaluación de la cuestión de fondo planteada en él;

Que en virtud a lo expuesto, y atento el Dictamen Nº 41/2024 de la Fiscalía de Estado, corresponde denegar por inadmisibilidad formal el recurso de alzada interpuesto por la firma J &G Lombardich S.A.;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144, inciso 2) de la Constitución Provincial y de las competencias atribuidas por el artículo 2º de la Ley Nº 8171 y su modificatoria Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Deniégase por inadmisibilidad formal el recurso de alzada interpuesto por la Empresa J&G Lombardich S.A., CUIT Nº 30-71537327-7, en contra de la Resolución Nº 1047/2023 de la Dirección de Vialidad Salta, atento a los fundamentos expuestos en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Infraestructura, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Camacho - López Morillo








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