SALTA, 26 de Septiembre de 2022
DECRETO Nº 822
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Expediente Nº 299-194087/2020-6
VISTO el Decreto Nº 138/2022; y,
CONSIDERANDO:
Que por conducto del citado Decreto se aprobó la clasificación institucional y la distribución analítica de los créditos originales del Presupuesto Ejercicio 2022;
Que a los fines de optimizar el manejo presupuestario relacionado con la centralización de determinados gastos, su artículo 6º establece los organismos habilitados para efectuar las respectivas imputaciones presupuestarias;
Que dicho artículo dispone que la Contaduría General de la Provincia es el organismo habilitado para efectuar las imputaciones presupuestarias de distintos conceptos relacionados con el Inciso 3 Servicios No Personales;
Que resulta conveniente habilitar a la Contaduría General de la Provincia al manejo presupuestario de gastos de prestación centralizada referidos a servicios prestados para funcionamiento dentro del régimen de contratos de suministros para limpieza, desinfección, conservación y reparación;
Que la Oficina Provincial de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos ha tomado la intervención que le compete;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase parcialmente el concepto a) del artículo 6º del Decreto Nº 138/2022, dejándose establecido que la Contaduría General de la Provincia será el único organismo habilitado para efectuar las imputaciones presupuestarias con relación a los conceptos de gastos de la partida identificada como “Alquileres y mantenimiento, reparación y limpieza” que se maneje de forma centralizada.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Dib Ashur - López Morillo