SALTA, 3 de Octubre de 2022
DECRETO Nº 826
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Expedientes Nº 0120159-114107/2007-0.
VISTO el Contrato de Locación de Inmueble suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, representado por su titular, Dr. Matías Cánepa y la señora Daysi Celestina Morales Valverde y;
CONSIDERANDO:
Que el referido contrato tiene por objeto la locación de un inmueble sito en calle Vicente López Nº 38, identificado catastralmente como Matrícula Nº 6773 de Salta- Capital, destinado al funcionamiento de la Escuela Nº 4019 “Presidente José Evaristo Uriburu" dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;
Que, la Secretaría de Administración y Control de Procesos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, emitió la Resolución Nº 1514/2022, aprobando la Contratación Abreviada Nº 4/2022 a fin de efectuar el referido contrato de locación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15, inciso i), de la Ley Nº 8072;
Que atento lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Nº 102D/2022 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, han tomado debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;
Que la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección dé Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;
Por ello, con encuadre en lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato de Locación de Inmueble suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, representado por su titular, Dr. Matías Cánepa y la señora Daysi Celestina Morales Valverde D.N.I. Nº 18.829.928, a partir del 1º de marzo de 2022 hasta el 29 de febrero de 2024, el que como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07-SAF 1- Curso de Acción 012- Actividad 0001- Servicios No Personales- Docencia Educación Primaria- Código: 071012000100.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4°.- Comuniqúese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Cánepa - López Morillo