SALTA, 09 de Diciembre de 2020
DECRETO Nº 827
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
VISTO el Acuerdo Marco suscrito entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento -ENOHSA-, y la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho acuerdo tiene por objeto la adquisición de materiales para el Proyecto “Sistema de Tratamiento de Agua por Ósmosis Inversa para Pozo en Santa Victoria Este” Departamento Rivadavia, lo cual se enmarca dentro del Programa de Asistencia en Áreas con riesgo sanitario -PROARSA-, lo que será financiado por el “ENOHSA”;
Que el presente convenio no implica compromiso de orden económico o financiero, ni erogaciones presupuestarias para la Provincia;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial y la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acuerdo Marco -PROARSA “Sistema de Tratamiento de Agua por Ósmosis Inversa para Pozo en Santa Victoria Este” Departamento Rivadavia - Provincia de Salta, celebrado entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento -ENOHSA-, y la Provincia de Salta, el que como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Camacho - Posadas