SALTA, 27 de Septiembre de 2021
DECRETO Nº 843
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
VISTO los Decretos Nº 127/2020 y Nº 176/2020; y,
CONSIDERANDO:
Que por conducto del Decreto Nº 127/2020 se aprobó la estructura orgánica de la Secretaría General de la Gobernación; y mediante el Decreto Nº 176/2020, la estructura orgánica de la Coordinación Administrativa de la Gobernación;
Que a fin de optimizar las funciones de la Secretaría de Modernización del Estado -actualmente en jurisdicción de la Secretaría General de la Gobernación conforme Decreto Nº 127/2020- resulta pertinente trasladar la misma al ámbito de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, con excepción de la Dirección General Boletín Oficial;
Que la mencionada Dirección continuará funcionando dentro de la jurisdicción de la Secretaría General de la Gobernación, pero en el ámbito de la Secretaría Legal y Técnica;
Que el artículo 31 de la Ley Nº 8.171 faculta al Gobernador a efectuar todas las reestructuraciones orgánicas y presupuestarias que fueren menester para la mejor ejecución de dicha norma;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas en el artículo 144 inciso 2º de la Constitución Provincial y el artículo 31 de la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase parcialmente la estructura orgánica de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, aprobada por Decreto Nº 176/2020, trasladando a la Secretaría de Modernización del Estado, a dicha estructura, conforme a los Anexos I y II que forman parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- Modifícase parcialmente la estructura orgánica de la Secretaría General de la Gobernación, aprobada por Decreto Nº 127/2020, quedando incorporada la Dirección General Boletín Oficial a la órbita de la Secretaría Legal y Técnica, conforme al Anexo III que forma parte del presente.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Villada (I)