SALTA, 22 de Diciembre de 2020
DECRETO Nº 861
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Expediente Nº 42-297219/2019
VISTO el expediente de referencia; y,
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo, se tramita la afectación del inmueble de propiedad de la Provincia de Salta identificado con la Matrícula Nº 13.978, Sección D, Manzana 13, Parcela 1 del Departamento Anta - localidad de Joaquín V. González, para destinarlo al funcionamiento del Colegio Secundario Nº 5.232;
Que asimismo la Universidad Nacional de Salta solicita el permiso de uso de las instalaciones de dicho Colegio para el dictado de clases de la Carrera Tecnicatura Universitaria en Sistemas Productivos Ganaderos, desde el inicio del periodo lectivo 2020 y hasta la finalización del período lectivo 2024;
Que obran informes favorables de la Dirección General de Educación Secundaria y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;
Que asimismo la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado dependiente de la Secretaría de Tierras y Bienes emitió opinión favorable, conforme las competencias asignadas por el Decreto Nº 1.407/2006;
Que las razones de interés general que propenden al bien común y que se encuentran comprobadas en las actuaciones, son las que fundan la afectación pretendida;
Que el Poder Ejecutivo Provincial posee facultades para afectar los bienes inmuebles de la Provincia para un determinado uso, conforme las facultades generales de administración que se desprenden de los artículos 144, inciso 2) de la Constitución Provincial y 55 de la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley Nº 705/1957);
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Aféctase el inmueble de propiedad de la Provincia de Salta identificado con la Matrícula Nº 13.978, Sección D, Manzana 13, Parcela 1 del Departamento Anta -localidad de Joaquín V. González, para destinarlo al funcionamiento del Colegio Secundario Nº 5.232.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Permiso de Uso Gratuito de las instalaciones del Colegio Secundario Nº 5.232 suscripto por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y el señor rector de la Universidad Nacional de Salta, el que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 3º.- Dáse intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia, para su toma de razón, a la Contaduría General de la Provincia a los fines del registro pertinente y a la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado para su control.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
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