SALTA, 22 de Diciembre de 2020
DECRETO Nº 863
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
VISTO el Convenio Marco de Cooperación suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Salta, por una parte, y el Ministerio de Transporte de la Nación y la empresa Belgrano Cargas y Logística SA, por la otra; y,
CONSIDERANDO:
Que el citado convenio tiene por objeto lograr el desarrollo e implementación del proyecto denominado “Nodo Logístico Intermodal y Puerto Seco de la Ciudad de General Güemes, Provincia de Salta”;
Que debe destacarse que existe en el municipio de General Güemes un punto neurálgico donde se unen dos ramales ferroviarios importantes de pasos internacionales, como son el ramal C14 hacia la República de Chile y el ramal C15 hacia el Estado Plurinacional de Bolivia, punto que, además, se encuentra atravesado por la Ruta Nacional Nº 34, siendo ésta una de las vías más utilizadas para transporte de mercaderías y productos de todo tipo;
Que el referido proyecto se compone, esencialmente, de dos unidades funcionales; por un lado, el Nodo Logístico, por el otro, la Terminal Multimodal compuesta a su vez por tres sectores definidos como Terminal Ferroviaria Nacional, Playa de contenedores vacíos y Puerto Seco;
Que en este marco, el Gobierno de la Provincia suscribió el citado Convenio Marco comprometiéndose a realizar las gestiones necesarias para lograr la transferencia gratuita al Estado Nacional de los terrenos donde se emplazarán los sectores que componen la Terminal Multimodal y, en relación al Nodo Logístico, a efectuar los aportes complementarios destinados especialmente a las inversiones en infraestructura de uso general y en servicios públicos;
Que, por su parte, el Ministerio de Transporte de la Nación y la empresa Belgrano Cargas y logística SA se comprometen a gestionar los fondos necesarios para la construcción del sector de Infraestructura ferroviaria y fiscal;
Que el “Nodo Logístico Intermodal y Puerto Seco de la Ciudad de General Güemes, Provincia de Salta” se proyecta como un ámbito fundamental para el desarrollo de toda la región del NOA, resultando estratégico el desarrollo de la infraestructura multimodal para la integración federal y para mejorar la competitividad logística en el transporte de cargas;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144, inciso 1, de la Constitución Provincial y por el artículo 1º de la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Salta, por una parte, y el Ministerio de Transporte de la Nación y la empresa Belgrano Cargas y Logística SA, por la otra, el que como Anexo forma parte integrante del presente instrumento.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Ministerio de Economía y Servicios Públicos a realizar las reestructuraciones y modificaciones presupuestarias que resultaren necesarias para el cumplimiento del convenio aprobado en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - De los Ríos Plaza - Posadas
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